08 DE JUNIO DE 1981 .- Autorízase a los Bancos Privados y al Banco del Estado, invertir hasta el 70 o/o en sus capitales pagados y reservas patrimoniales de bienes raices, siempre que los inmuebles sean utilizados por lo menos en un 50 % para las instalaciones del banco respectivo.
DECRETO SUPREMO Nº 18392
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante Decreto Supremo No 15734 de 21 de agosto de 1978, se autorizó a los Bancos Privados Nacionales y Extranjeros y al Banco del Estado, invertir hasta el 60 % de sus capitales pagados y reservas patrimoniales en bienes raices, siempre que dichos inmuebles sean utilizados por lo menos en un 80 o/o para las instalaciones del Banco respectivo;
Que las entidades bancarias, dentro de su política de inversiones en activos fijos autorizada por la anterior disposición, han utilizado importantes recursos en la construcción de edificios con destino a la instalación de sus oficinas y con la finalidad de lograr una expansión de sus actividades contribuyendo a los programas del desarrollo nacional;
Que con la finalidad de otorgar un incentivo más a la banca y teniendo presente la solidez de estas inversiones, se hace necesario ampliar la relación porcentual fijada para inversiones en activos fijos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Se autoriza a los Bancos Privados, nacionales y extranjeros y al Banco del Estado, invertir hasta el 70% (setenta por ciento) en sus capitales pagados y reservas patrimoniales de bienes raíces, siempre que dichos inmuebles sean utilizados por lo menos en un 50 % para las instalaciones del banco respectivo, pudiendo el saldo ser destinado a producir renta. La indicada inversión observará los demás requisitos y condiciones del Artículo 136; inciso 14o) de la Ley General de Bancos.
ARTÍCULO 2.- Queda derogado el Decreto Supremo No 15734 de 21 de agosto de 1978.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz klinsky.