26 DE JUNIO DE 1981 .- Apruebase la adjudicación de la H. Junta de Licitación de Complejo Karachipampí en favor de la Emprea Constructora URQUIETAY CÍA, para construcción de naves industriales por $b. 43.701.985.--.
DECRETO SUPREMO Nº 18434
GRAL. DIV. LUIS GARCIA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que la Sociedad “Complejo Metalúrgico de Karachipampa” tiene a su cargo la implementación, montaje y operaciones de la Planta de Fundición y Refinanciación de minerales complejos de plomo/plata, en ejecución del Decreto Ley No 15349 de 10 de marzo de 1978 y en concordancia con los Sistemas de Planeamiento y de Proyectos.
Que con sujeción al decreto Ley No 15192 de 14 de diciembre de 1977, la Sociedad “Complejo Metalúrgico de Karachipampa” en marzo de 1981, publicó convocatoria a las empresas constructoras del país para la-ejecución de obras civiles del Proyecto, correspondiente a las Naves Nos. 2 - Almacen de Concentrados, 2B - Sub Estación Eléctrica, 8 Laboratorios, 12 - Edificio Social, 20 - Sala de muestreos y Tanques de Almacenamiento de Agua, de acuerdo a los documentos de Licitación elaborados al efecto.
Que cumplidos los requisitos legales y procedimiento interno que determina la Ley, la H. Junta de Licitaciones del Sector Minero Metalúrgico, en 6 de mayo de 1981, adjudicó las construcciones licitadas en favor de la Empresa Constructora “URQUIETA Y CIA.”, por el precio total de $b. 43.701.985.- y su ejecución en 260 días calendario desde la vigencia del Contrato.
Que por tratarse de un proyecto calificado de prioritario por su importancia socio económica, los actos jurídicos de la Sociedad “Complejo Metalúrgico de Karachipampa” ejecutora el Proyecto de instalación de una Fundición de minerales de plomo/plata, se encuentran liberados del pago de todo impuesto nacional, departamental o municipal, incluyendo timbres fiscales.
Que en virtud de inc. d) del Art. 69 del D. L. No 15192 de 15 de diciembre de 1977, corresponde aprobar la adjudicación realizada por la H. Junta de Licitaciones, mediante la norma legal pertinente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación dispuesta en fecha 6 de mayo de 1981 por la H. Junta de Licitaciones de la Sociedad “Complejo Metalúrgico de Karachipampa” en favor de la Empresa Constructora “URQUIETA Y CIA.”, para la construcción de las naves industriales en la localidad de Karachipampa, de conformidad con los documentos de Licitación de la Convocatoria No 2/81, por un costo total de $b. 43.701.985.- (Cuarenta y tres millones setecientos un mil novecientos ochenta y cinco 00/100 PESOS BOLIVIANOS).
ARTÍCULO 2.- Autorízase a los personeros legales de la Sociedad, Complejo Metalúrgico de Karachipampa” suscribir con el representante de la Empresa Constructora adjudicataria “URQUIETA Y CIA.” el correspondiente contrato de construcción de Obras, con intervención del señor Fiscal de Gobierno y del señor Contralor General de la República.
ARTÍCULO 3.- El Contrato de referencia gozará de las liberaciones y exenciones de impuestos de gravámenes, incluyendo timbres fiscales, en aplicación del Art. 12o del Decreto Ley No 15349 de 10 de marzo de 1978.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, de Finanzas y de Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de junio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCIA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Celso Torrelio Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, Guillermo Escobar Uhry, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Núñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villareal Suárez, José Sánchez Calderón, Jorge Salazar Crespo, Alberto Saenz Klinsky.