24 DE JULIO DE 1981 .- Apruébase el Reglamento del Servicio Social de Salud Rural Obligatorio.
DECRETO SUPREMO Nº 18526
GRAL. DIV. LUIS GARCÍA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que por Decreto Ley No 15629 de fecha 19 de julio de 1979, se puso en vigencia el Código de Salud de la República, el mismo que en su Artículo 132 establece el Servicio de Salud Rural Obligatorio para los profesionales médicos, odontólogos y enfermeras, como requisito previo a la obtención del título en provisión nacional.
Que esta obligatoriedad tiene por objeto presentar atención médico al área rural y con el fin de que los profesionales de las ramas médicas puedan compensar en alguna manera su formación en la que la sociedad ha contribuído en su formación;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Reglamento del Servicio Social de Salud Rural Obligatorio, en sus 24 Artículos de que consta.
ARTÍCULO 2.- Modificase en parte el Artículo Unico del Decreto Supremo No 12259 de fecha 14 de febrero de 1975 en la siguiente forma: Las recaudaciones que efectúen las Unidades Sanitarias del país por concepto de liberación del Servicio Social de Salud Rural Obligatorio, beneficiarán a la Unidad Sanitaria respectiva en su totalidad con destino a los gastos de supervisión de este servicio.
ARTÍCULO 3.- Queda sin efecto del Decreto Supremo No 12286 de fecha 11 de marzo de 1975, y todas las demás disposiciones contrarias al presente Decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de julio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCÍA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Jorge Salazar Crespo, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Marcelo Galindo de Ugarte, Alberto Saenz Klinsky.