30 DE JULIO DE 1981 .- Apruébase el informe de la Comisión Única Indemnizados del Proyecto Autopista La Paz - El Alto, de 24 — III — 81 y dispónese la disolución de dicho organismo.
DECRETO SUPREMO Nº 18531
GRAL. DIV. LUIS GARCÍA MEZA TEJADA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que por Decreto Supremo No 10356 de 14 de julio de 1972, se encomendó al Consejo Nacional de Vivienda (CONAVI), la construcción de viviendas unifamiliares o multifamiliares con destino a la compensación de los inmuebles expropiados para el Proyecto de la Autopista La Paz - El Alto;
Que por disposición del mismo Decreto Supremo se designó una Comisión Indemnizadora con las prerrogativas de analizar y resolver aspectos jurídicos de las expropiaciones y determinar las compensaciones emergentes;
Que mediante Decreto Supremo N° 15234 de 6 de enero de 1978 se modifica el Artículo 1o del Decreto Supremo No 10841 de 25 de abril de 1973, disponiendo la recomposición de la Comisión Única Indemnizadora del proyecto Autopista La Paz El Alto, con las facultades de revisar y corregir los trámites de las compensaciones con viviendas y departamentos de los Planes 560 y 145 Villa Adela, 165 Achachicala y 59 de la Avenida Kennedy Esquina Manco Kapac;
Que la mencionada Comisión ha concluído sus labores, emitiendo su informe final de 24 de marzo de 1981, determinando, de conformidad con el artículo 6o del Decreto Supremo No 15234, que los excedentes de vivienda del Plan 59 Multifamiliares de la Avenida Kennedy esquina Manco Kapac, una vez concluídas en su totalidad las compensaciones a los afectados por la construcción de la Autopista La Paz - El Alto, queden en propiedad de CONAVI, para que sean adjudicados al mejor postor en pública subasta, así como los excedentes de viviendas de los planes 560 y 145 de Villa Adela y Plan 165 de Achachicala deberán regirse por el Artículo lo del Decreto Supremo No 13038, en la parte no modificada;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el informe de la Comisión Única Indemnizadora del Proyecto Autopista La Paz - El Alto, de 24 de marzo de 1981 y se dispone la disolución de dicho organismo por haber cumplido los objetivos para los que fue creado.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Urbanismo y Vivienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de julio de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. LUIS GARCÍA MEZA TEJADA, Wáldo Bernal Pereira, Mario Rolón Anaya, Jorge Salazar Crespo, Armando Reyes Villa, Oscar Larraín Frontanilla, Jorge Tamayo Ramos, René Guzmán Fortún, Mario Guzmán Moreno, Rolando Canido Vericochea, Carlos Morales Nuñez del Prado, Julio Molina Suárez, Líder Sossa Salazar, José Villarreal Suárez, José Sánchez Calderón, Marcelo Galindo de Ugarte, Alberto Saenz Klinsky.