28 DE SEPTIEMBRE DE 1981 .- Se reconoce como propiedad del Comité de Obras Deportivas Deptales, de La Paz los inmuebles de Alto Irpavi, C. Otero de la Vega, y en el Alto de La Paz.
DECRETO SUPREMO Nº 18623
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A C I O N :
Que mediante los Decretos Supremos Nos. 11748 y 13590, de 30 de agosto y 20 de mayo de 1976, se han expropiado terrenos en la Meseta de Alto Irpavi, con destino a la construcción del Gran Estadio de La Paz, Velódromo, Gimnasio, Campos de Entrenamiento para deportes populares y áreas verdes de recreación; que del mismo modo se han procedido a la expropiación de otros bienes inmuebles en las calles México, Cañada Strongest y Otero de la Vega, con destino a la construcción de la Casa del Deporte, áreas de modelación del Coliseo Cerrado “Ciudad de La Paz”, una vía de acceso y otras instalaciones para este local deportivo.
Que el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, fué la institución encargada de realizar los trámites de expropiación y pago de todos los inmuebles afectados, así como las construcciónes que se concluyeron en ellos incluyendo un inmueble en el Alto La Paz, para almacenamiento de los materiales que demandaban tales construcciones.
Que por Decreto Supremo Nº 12782 de 21 de agosto de 1975, se han creado los Comités de Obras Deportivas Departamentales en sustitución de las representaciones departamentales del Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, con funciones y atribuciones específicas, como son las de planificar, proyectar y ejecutar las obras de infraestructura deportiva dentro de su jurisdicción.
Que disuelto el mencionado Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos, han quedado registrados a su nombre dichos inmuebles expropiados y construídos, siendo el deber del Estado regularizar la situación de tales bienes que figuran a nombre del Comité extinguido.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se reconoce como propiedad del Comité de Obras Deportivas Departamentales de La Paz, los inmuebles adquiridos y expropiados por el Comité Organizador de los VIII Juegos Deportivos Bolivarianos en la ciudad de La Paz y que se encuentran situados en la meseta de Alto Irpavi, en la calle México, Calle Otero de la Vega y en el Alto de La Paz.
ARTÍCULO 2.- Se dispone la inscripción de este Decreto en el Departamento de Bienes de la Contraloría General de la República y en el Registro de Derechos Reales del Departamento de La Paz, quedando prohibido su traspaso, venta, donación o loteamiento en favor de personas particulares, porque deben ser destinados única y exclusivamente para prácticas deportivas con sus respectivas aéreas verdes de recreación.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navía, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juán Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.