19 DE OCTUBRE DE 1981 .- Amplíase en favor de COFADENA, los efectos de la concesión del D.S. Nº 11622 de 2/7/74 en una superficie de 340 nectareas para ,su exploración y evaluación.
DECRETO SUPREMO N° 18660
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Supremo No 11622 de 2 de Julio de 1974, el Supremo Gobierno concedió a la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) dos sectores mineros, por ubicarse en los rios Mapiri y Kaka para que proceda a la exploración, prospección y evaluación de los yacimientos auríferos existentes y seleccióne áreas más importantes para su posterior explotación, sujetándose a las previsiones legales vigentes;
Que la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA), por la magnitud de los trabajos exploratorios y de perforación en los ríos Mapiri y Kaka para evaluar los yacimientos no se pudieron cumplir en los plazos previstos, debido a la inclemencia cimatérica de la zona, la contratación de empresas especializadas para realizar el estudio de las reservas y su cuantificación comercial, se vió obligado a solicitar al Ministerio de Minería y Metalurgia las prórrogas necesarias para cumplir con la presentación del proyecto de factibilidad y demás antecedentes técnico - económicos que serán indispensables para una explotación racional con alta tecnología y máximo rendimiento.
Que la última prórroga concedida por el Ministerio de Minería y Metalúrgia, mediante Resolución Ministerial No 251/80 de 23 de diciembre, fenece en su plazo el 31 de diciembre de 1982, oportunidad en la que tiene prevista la conclusión de los estudios y las fuentes de financiamiento.
Que por convenir al éxito de los estudios COFADENA ha visto indispensable ampliar una pequeña área aguas arriba del río Mapiri en una superficie Sector Mapiri en una superficie de 340 hectáreas, colindante con el Sector Mapiri que requiere ser sometida a un estudio intensivo de exploración y evaluación de las reservas existentes, para lo que ha solicitado que los efectos del Decreto Supremo No 11622 de 2 de julio de 1974, le sean ampliados e incorporados al área concedida para exploración.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Amplíase en favor de la Corporación de las Fuerzas Armadas para el Desarrollo Nacional (COFADENA) los efectos de la concesión dispuesta por el Decreto Supremo No 11622 de 2 de julio de 1974, en una superficie de 340 hectáreas, contiguas al sector “CONSOLIDACION MAPIRI” para su exploración y evaluación, debiendo a la conclusión de los estudios selecciónar las áreas más convenientes para su posterior explotación, de conformidad a lo dispuesto en el Artículo Segundo del mencionado Decreto Supremo.
ARTÍCULO 2.- El plazo para la presentación del informe de Factibilidad, concluirá el 31 de diciembre de 1982.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO. TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffman Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.