23 DE OCTUBRE DE 1981 .- Autorizase al Comando Gral. de la Fuerza Naval Boliviana, la adquisición de TOYOTA BOLIVIANA LTDA., nueve (9) vehículos.
DECRETO SUPREMO N° 18672
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que las distintas Unidades y Reparticiones dependientes del Comando General de la Fuerza Naval Boliviana, requieren para el cumplimiento de sus específicas funciones proceder a la reposición gradual de todos aquellos vehículos livianos que se encuentran en estado de deterioro, que por su antiguedad de modelo y sus sucesivos reacondicionamientos ocasionan considerables gastos, por concepto de repuestos y mantenimiento en general;
Que en vista de las restricciones del gasto público, corresponde al Supremo Gobierno atender los requerimientos de las Fuerzas Armadas de la Nación, caso del Comando General de la Fuerza Naval Boliviana, de acuerdo a las condiciones Económico – Financieras del momento sin afectar la utilización de los escasos recursos disponibles y con objeto de financiar fondos para la adquisición de nuevas unidades vehículares, se dá cumplimiento al Decreto Supremo No 162902 de fecha 12 de mayo de 1972;
Que al fin indicado, se hace necesario autorizar al Ministerio de Finanzas el otorgamiento de la respectiva Resolución, autorizando al Comando General de la Fuerza Naval Boliviana a suscribir el respectivo contrato para la importación, con expresa liberación de derechos arancelarios é impuestos nacionales, departamentales y otros que existan en el país.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorizar la Comando General de la Fuerza Naval Boliviana, la adquisición de la Firma TOYOTA BOLIVIANA LIMITADA, nueve (9) unidades de vehículos motorizados para sus diferentes Unidades y Reparticiones de la Fuerza Naval Boliviana, pagaderos al contado con fondos recaudados del Remate de vehículos en desuso, de acuerdo al Decreto Supremo No 162902 en su artículo Unico, de acuerdo al siguiente detalle:
Item 1o.- Seis (6) unidades CAMIONETAS marca “TOYOTA” LAND CRUISER modelo FJ – 45 a $us. 12.900.- con un total de importación CIF, Aduana La Paz, de $us. 77.400.oo.
Item 2o.- Dos (2) unidades VAGONETAS marca “TOYOTA” LAND CRUISER modelo FJ – 60 c/u. a $us. 16.200.- con un total de importación CIF. Aduana La Paz de $us. 32.400,00.
Item 3o.- Una (1) unidad JEEP Marca “TOYOTA” LAND CRUISER modelo HARD TOP FJ – 40 con un total de importación CIF Aduana La Paz de $us. 12.900,00.
ARTÍCULO 2.- El señor Contralmirante, Comandante General de la Fuerza Naval Boliviana, queda autorizado para suscribir el respectivo contrato con la firma proveedora, bajo la anterior condición de pago aditando las demás claúsulas de seguridad con intervención del Sr. Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.
ARTÍCULO 3.- La importación de los vehículos, materia de la presente adquisición, gozarán de la liberación total de derechos arancelarios, é impuestos nacionales departamentales, municipales, gravámenes aduaneros, Renta Interna, fabril, universitarios, tasas 10% sobre el monto liberado, servicios prestados acumulados y el 0,5% tributable a AADAA, conforme al Decreto Supremo No 17397 del 14 de Mayo de 1980, quedando autorizado el Ministerio de Finanzas otorgar la respectiva Resolución Ministerial.
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Defensa Nacional y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, alos veintitres días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Jorge Zamora Mujía, Carlos Villarroel Navia, Arnold Hoffman Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.