08 DE DICIEMBRE DE 1981 .- Créase una Comisión encargada del estudio del Crédito Educativo.
DECRETO SUPREMO N° 18746
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Constitución Política del Estado consagra como uno de los principios fundamentales la educación.
Que es necesario implementar el Crédito Educativo, puesto que al presente el subsidio no alcanza a todos los estudiantes bolivianos, constituyéndose entonces, un privilegio la educación.
Que es necesario constituir una comisión que se encargue de estudiar la creación de un Instituto Boliviano de Crédito Educativo.
Que a este efecto se debe dictar la norma legal respectiva.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Créase una Comisión encargada del estudio del Crédito Educativo, la misma que estará constituída de la siguiente manera:
2 Representantes del Ministerio de Planeamiento y Coordinación.
2 Representantes del Ministerio de Finanzas.
1 Representante del Ministerio de Educación y Cultura.
El Presidente del Consejo Nacional de la Universidad Boliviana (CONUB).
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Comisión entregará el Estudio jurídico Técnico y Administrativo en el término de 30 días, computables a partir de la promulgacion del presente Decreto.
ARTÍCULO TERCERO.- Declárase en comisión de Servicios durante los 30 días y por medio tiempo, a los miembros de la Comisión.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación, Educación y Cultura y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Adolfo Linares Arraya, Javier Alcoreza Melgarejo, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffmann Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.