14 DE DICIEMBRE DE 1981 .- Apruébase la Nueva Ley de Inversiones en sus nueve títulos, veintiséis capítulos y ciento once artículos de que consta.
DECRETO SUPREMO N° 18751
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que es necesario reformar el vigente régimen de estímulo a las inversiones de capital en la industria, que amplíen las posibilidades de desarrollo de la capacidad productiva de la Nación, como uno de los elementos básicos para elevar el nivel de vida de la población boliviana.
Que con esta finalidad, el Estado debe establecer garantías sólidas y ofrecer mayores beneficios a la inversión directa de capitales privados nacionales, extranjeros y/o mixtos.
Que el Programa de Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación, entre su postulados de Política Económica, asigna prioridad a la atracción de la inversión externa, sobre la base de una nueva ley de inversiones, realista y objetiva, que contenga normas claramente establecidas y fácilmente aplicables.
Que la Ley de Inversiones promulgada por Decreto Ley No 10045. de 10 de diciembre de 1971, demostró utilidad en las circuntancias de la reciente década, las que al haber variado, motivan la necesidad de adecuar dicho régimen legal a las nuevas condiciones prevalentes en el presente y a las perspectivas que se proyectan en el futuro, en los ámbitos nacional e internacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la nueva Ley de Inversiones en sus nueve títulos, veintiseis capítulos y ciento once artículos de que consta.
ARTÍCULO SEGUNDO.- La Ley de Inversiones entrará en vigencia a partir de su publicación.
ARTÍCULO TERCERO.- Derógase el Decreto Ley No 10045 de 10 de diciembre de 1971, y toda disposición contaria al presente Decreto Ley.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y un años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffmann Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.