05 DE ENERO DE 1982 .- Apruébase la Adjudicación de CORDEPAZ, para la compra — venta de un lote de terreno de 1.731.20 M2., ubicado en la esquina formada por la Av. Arce y Pinilla de esta ciudad, de propiedad de la Srta. María Zalles C.
DECRETO SUPREMO Nº 18789
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que mediante Licitación Pública No 7/80 la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz convocó a propuestas para la provisión de un inmueble destinado a albergar las oficinas de infraestructura, Agropecuaria y Transportes;
Que dentro del término previsto se presentaron siete ofertas, las mismas que fueron inhabilitadas por la Honorable Junta de Adquisiciones, por la falta de documentos legales exigidos por el Artículo 34o de la Ley de Adquisiciones del Sector Público.
Que luego de tres invitaciones sucesivas, la Honorable Junta de Adquisiciones de CORDEPAZ, previo el informe técnico - económico - legal de la Comisión Calificadora, adjudicó la propuesta a favor de Roberto Zalles y Ramón Salinas, representantes legales de la señorita Maria Zalles C., de oferta de venta de un lote de terreno de 1.731.20 mts2 y sus construcciones, ubicado en la Avenida Arce de esta ciudad por Resolución No 08/81.
Que es necesario aprobar la adjudicación mediante el instrumento legal correspondiente de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 63o y 65o del Decreto Ley No 15223 “Ley de Adquisiciones del Sector Público”.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la Honorable Junta de Adquisiciones de la Corporación Regional de Desarrollo de La Paz, en favor de Roberto Zallles y Ramón Salinas, apoderados legales de la señorita María Zalles C., para la compra - venta de un lote de terreno de 1.731.20 metros cuadrados y sus construcciones ubicado en la esquina formada por la Avenida Arce y calle Macario Pinilla de esta ciudad, por la suma de DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 12.500.000.-) que serán pagados con recursos propios de CORDEPAZ consignados en el Item 412 de su Presupuesto.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza la suscripción del contrato de compra - venta correspondiente, entre la Entidad licitante y los apoderados legales de la propietaria favorecida con la adjudicación, con la intervención del Contralor General de la República y el Fiscal de Gobierno, con las formalidades de Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Planeamiento y Coordinación y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de enero de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hoffmann Bang Soleto, Edmundo Pereira Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.