02 DE FEBRERO DE 1981 .- A los efectos de su identificación oficial interna e internacional, se designa al aeropuerto del Depto. de Santa Cruz con el nombre de "Aeropuerto Internacional de Viru Viru— Santa Cruz".
DECRETO SUPREMO N° 18812
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que dentro de las obras de infraestructura en el territorio nacional, dispuestas por el Gobierno de las Fuerzas Armadas de la Nación, ocupa lugar prioritario la construcción, mejoramiento y mantenimiento de los aerodrómos destinados al servicio público, a objeto de lograr la mayor vinculación internacional y el permanente desarrollo social y económico al servicio del bienestar del pueblo boliviano.
Que a este efecto se ha previsto para la gestión del año 1983 el funcionamiento del nuevo aeropuerto internacional situado en la región de Viru Viru del Departamento de Santa Cruz, el mismo que será habilitado con todo el complejo de servicios, equipos e instalaciones destinados a posibilitar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea en el país, mediante operaciones internas e internacionales de aeronaves modernas, con previciones para adaptarse al constante progreso de la tecnología e industria en materia de aviación.
Que de acuerdo al avance de obras en el citado aeropuerto, se requiere proceder a la adopción de un nombre para el mismo, cuya identificación resulte de su ubicación en la localidad más importante a la que sirve.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- A los efectos de su identificación oficial interna e internacional, desígnase al aeropuerto en actual construcción ubicado en la región de Viru Viru del departamento de Santa Cruz, con el nombre de “AEROPUERTO INTERNACIONAL DE VIRU VIRU - SANTA CRUZ”
ARTÍCULO 2.- La habilitación posterior del “Aeropuerto Internacional de Viru Viru - Santa Cruz”, para su funcionamiento al servicio público, será objeto de norma expresa, conforme a las regulaciones de la legislación interna y las disposiciones del Convenio sobre Aviación Civil Internacional y anexo técnicos pertinentes.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Aeronáutica, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Romulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Humérez Seleme.