05 DE FEBRERO DE 1982 .- Encomendar al Ministerio de Previsión el estudio y preparación de la reglamentación necesaria para la administración y suministro con miras al establecimiento de un sistema de adquisición de medicamentos.
DECRETO SUPREMO Nº 18846
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la adquisición de medicamentos efectuadas por las Instituciones Públicas que prestan servicios de salud, es realizada en forma independiente y fraccionada por cada una de ellas, determinando problemas que inciden en el abastecimiento oportuno de productos farmacéuticos, así como en el incremento de los costos.
Que es necesario racionalizar la adquisición de productos farmacéuticos con destino a dichas instituciones bajo moldes y procedimientos pre-establecidos a fin de lograr un suministro adecuado y oportuno.
Que para tal fin deben crearse los medios y las condiciones indispensables para el procesamiento de la adquisición y/o importación de medicamentos y otros materiales de curación.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Encomendar al Ministerio del Previsión Social y Salud Pública el estudio y preparación de la reglamentación necesaria para la administración y suministro con miras al establecimiento de un sistema de adquisición de medicamentos, material de curación y otros de uso hospitalario, en forma tal que se integren los procedimientos de compra en un modelo que abarque a todas las Instituciones del Sector Salud.
ARTÍCULO 2.- Se concede el plazo de 90 días a partir de la fecha para que el Ministerio de Previsión Social y Salud Pública presente el estudio señalado en el Artículo Primero.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Previsión Social y Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.