10 DE FEBRERO DE 1982 .- El importe del Bono señalado según escala, en el D. S. No 18837 (G-1261) será aplicado para los empleados de las Empresas Públicas y Mixtas en que se mantenga el régimen de pulpería subvencionada y/o congelada.
DECRETO SUPREMO Nº 18859
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo No 18837 de fecha 5 de febrero del año en curso, se ha establecido la escala de bonos para su respectiva aplicación en las Empresas Públicas y Mixtas.
Que es necesario especificar las normas que regulen su aplicación en las Empresas Públicas y Mixtas que mantienen el régimen de pulpería subvencionada y/o congelada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- El importe del Bono señalado según escala, en el Decreto Supremo No 16837 de fecha 5 de febrero del año en curso, será aplicado para los empleados de las Empresas Públicas y Mixtas en que se mantenga el régimen de pulpería con artículos a precios subvencionados, deduciendo la incidencia porcentual de la subvención en la determinación del Bono.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez Garcia, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Jaime Húmerez Seleme.