24 DE MARZO DE 1982 .- A partir de la fecha se levanta el congelamiento de los precios del azúcar,arroz clase buena y popular y leche nacional, a que se refiere el D.S. Nº 18854 (G-1264).
DECRETO SUPREMO Nº 18892
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto, Supremo No 18854 de 5 de febrero del presente año, y con el fin de garantizar el normal abastecimiento del mercado interno, fueron congelados los precios de algunos artículos de primera necesidad;
Que las disposiciones legales dictadas el 22 de marzo de 1982 en el campo económico y financiero, imponen la necesidad de adecuar el movimiento comercial del país a esta necesidad.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha se levanta el congelamiento de los precios del azúcar, arroz clase buena y popular y leche nacional, a que se refiere el Decreto Supremo No 18854 del 5 de febrero de 1982.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes.