02 DE ABRIL DE 1982 .- Libérase a la Federación de Ganaderos del Beni y Pando, del pago de impuestos, a la construcción é instalación del Complejo Frigorífico de la ciudad de Trinidad.
DECRETO SUPREMO Nº 18905
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la Federación de Ganaderos del Beni y Pando ha solicitado liberación de gravámenes aduaneros para la importación de maquinaria y equipos para un Complejo Matadero Frigorífico a instalarse en la ciudad de Trinidad.
Que es necesario promover y fomentar el desarrollo del sector ganadero con la implementación de la infraestructura necesaria para una adecuada y racional explotación de la industria ganadera con maquinaria y tecnología moderna.
Que el Supremo Gobierno mediante Decreto Supremo No 17735 otorgó la autorización de concesión del aval para la adquisición del citado Complejo Frigorífico, disposición legal que es necesario complementarla para su objetivo, cual es el de abaratar su costo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Libérase a la Federación de Ganaderos del Beni y Pando, del pago de los derechos arancelarios, impuesto adicional, recargo adicional del 3 o/o, impuestos a la Renta Interna y Municipalidad, tasa retributiva y acumulativa por servicios prestados, recargos del 3 o/o y 5 o/o por concepto de levantamiento de rezago y reconocimiento de mercadería, 1 o/o y 2 o/o Pro Desarrollo del Noroeste y CORDECO CORDEBENI, excepto el 0,5 o/o tributable a AADAA y uso de timbres del 10 o/o sobre el monto liberado, a la importación de maquinarias é implementos destinados exclusivamente a la construcción é instalación del Complejo Frigorífico de la ciudad de Trinidad.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Asuntos Campesinos y Agropecuarios aprobará mediante Resolución expresa el material a ser liberado por el Ministerio de Finanzas.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Asuntos Campesinos y Agropecuarios quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la cudad de La Paz, a los dos días del mes de abril de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Armando Reyes Villa, Natalio Morales Mosquera, Javier Alcoreza Melgarejo, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Héctor Caballero Cardozo, Lucio Paz Rivero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, Jorge Zamora Mujía, Arnold Hofman Bang Soleto, Edmundo Pereyra Torrico, Juan Carlos Duran Saucedo, Edgar Millares Reyes.