17 DE JUNIO DE 1982 .- Se aprueba la adjudicación de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, para la provisión de 3.500 luminarias, en favor de la firma RIBERA BALCAZAR LIMITADA, (RIVAL LTDA).
DECRETO SUPREMO N° 19000
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, de acuerdo a las provisiones legales del D. L. 15223 de 30 de diciembre de 1977, ha convocado a las firmas legalmente establecidas, para la provisión de luminarias para la ciudad de Santa Cruz.
Que habiéndo presentado sus propuestas las firmas RIBAL LTDA., I.T.T., CIBO MONTALVO (MERCURIO) SCHREDER (MALELSSA) GENERAL ELECTRIC (PENSA), JABAQUARA (CASANT), GENERAL ELECTRIC ó WESTINGHOUSE (AREX) Y PHILLIPS (BRASIL Y HOLANDA), la Junta de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, luego de analizar el informe de la Comisión Calificadora, en sesión del 5 de enero de 1982, adjudicó a la firma RIBAL LTDA., representante de la firma Brasilera PETERCO S.A. la adquisición de 3.500 luminarias para la iluminación de los barrios periféricos de la ciudad de Santa Cruz, por el precio de trescientos tres mil doscientos nueve 00/100 dólares americanos ($us. 303.209.00) CIF Santa Cruz, por ser la más conveniente para los intereses de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz.
Que de acuerdo al D. L. No 15223 de 30 de diciembre de 1977, es necesario la promulgación de un Decreto Supremo, que apruebe la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Alcaldía Municipal de Santa Cruz.
Que habiéndose iniciado el presente trámite con anterioridad a la dictación del Decreto Ley No 18834 de 5 de febrero de 1982, que prohíbe la liberación de gravámenes arancelarios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba la adjudicación de fecha 5 de enero de 1982, efectuada por la Junta de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, para la provisión de 3.500 luminarias, en favor de la firma RIBERA - BALCAZAR LIMITADA. (RIBAL LTDA.), representante de la entidad Brasilera PETERCO S.A., por el precio total de Trescientos tres mil doscientos nueve 00/100 Dólares americanos ($us. 303.209.-) CIF SANTA CRUZ.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz a suscribir el contrato respectivo con la firma adjudicataria, consignando las especificaciones técnicas cláusulas de seguridad, garantías de correcta inversión de anticipos y de cumplimiento del contrato, con la concurrencia del señor Fiscal del Distrito, Contralor Departamental, por ante la Notaría de Hacienda y demás formalidades de Ley.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia conceder el aval respectivo al Banco Real S. A. del Brasil, por cuenta de la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz de la Sierra por la suma de $us. 242.567.20 (Doscientos cuarenta y dos mil quinientos sesenta y siete 20/100 Dólares Americanos), equivalente al 80 % del monto total contratado.
ARTÍCULO 4.- Todo el material y equipo eléctrico señalado a importarse, queda liberado del pago de derechos arancelarios adicional e impuestos nacionales sobre ventas municipales, departamentales y universitarios, excepto el 1 % Pro Desarrollo del Noroeste, 2 % Cordebeni - Cordeco, el 0.5 % tributable a la Administración Autónoma de Almacenes Aduaneros y el 10 % de timbres sobre el monto liberado.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, y Migración y Justicia y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazú Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Gildo Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, William Mackenny Velasco, Arnold Hofman Bang Soleto, Raúl Otermín Rodríguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Mario Marañon Zárate.