17 DE JUNIO DE 1982 .- Prorrógase hasta el 18/6/82, el plazo otorgado por D.S. Nº 18938 (G-1272), para la presentación de balances sin dictamen de auditoria externa.
DECRETO SUPREMO N° 19002
GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el plazo para la presentación de balances de la gestión 1981, sin dictámen de Auditoría Externa establecido por los Decretos Supremos Nos. 18901 y 18938 de 29 de marzo y 5 de mayo de 1982, ha vencido el 31 de mayo del año en curso.
Que los contribuyentes comprendidos en el mencionado régimen han solicitado prórroga para la presentación de los citados documentos, en vista de que el Decreto Supremo No 18960 que norma el tratamiento de diferencia de cambio del dólar y revalorización de activos fijos, recién fue aprobado el 26 de mayo del año en curso.
Que siendo atendibles las solicitudes presentadas, se hace necesario dictar la norma que autorice una tolerancia en la recepción de balances correspondientes a la gestión de 1981.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Prorrógase hasta el 18 de junio del año en curso, el plazo otorgado por D. S. No 18938 de 5 de mayo de 1982, para la presentación de balances sin dictamen de auditoría externa.
ARTÍCULO 2.- Las empresas con dictamen de Auditoría Externa, presentarán sus balances hasta el 30 de junio de 1982, de acuerdo a lo establecido por el Decreto Supremo No 18938 de 5 de mayo de 1982.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazú Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Gildo Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Villarroel Navia, William Mackenny Velasco, Arnold Hofman Bang Soleto, Raúl Otermín Rodríguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Edgar Millares Reyes, Mario Marañon Zárate.