13 DE JULIO DE 1982 .- Apruébase la adjudicación efectuada por CORFOMENTO en favor de la firma: MANUFACTURAS DE ALGODON S.A. (MASA), para la provisión de 600.000 unidades de 1 qq. y 800.000 unidades de 1/4 qq. de bolsas de algodón para el envasado de azúcar.
DECRETO SUPREMO N° 19054
GRAL. DIV. CELSO TORELLIO VILLA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que a través de la Licitación Pública No 3/82, la Corporación Boliviana de Fomento, convocó a las firmas nacionales y/o extranjeras legalmente acreditadas en el país, a la presentación de propuestas para la provisión de Bolsas de Algodón para el envasado de azúcar con destino a Industrias Agrícolas de Bermejo S. A. “IABSA” zafra - 82.
Que en la fase convocatoria pública, presentaron sus ofertas en el plazo hábil, las firmas: MASA, TEXORSA y TEXTILES GRIGOTA S. A., respectivamente, por lo que la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, en su reunión de fecha 21 de abril del año en curso, y luego de considerar y aprobar el Informe de la Comisión calificadora de Propuestas, resolvió adjudicar la Licitación No 3/82, en favor de la firma MANUFACTURAS DE ALGODON S. A. “M.A.S.A.”, por así convenir a los intereses de la entidad.
Que de conformidad con lo previsto por el Art. 65 del Decreto Ley N° 15223, de 30 de diciembre de 1977 modificado por el D. L. No 18761 de 23 de Diciembre de 1981, corresponde al Supremo Gobierno, aprobar las adjudicaciones efectuadas por la H. Junta de Licitaciones de las entidades descentralizadas y empresas públicas, autorizando la suscripción de los contratos respectivos.
POR TANTO,
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. Junta de Licitaciones de la Corporación Boliviana de Fomento, relativa a la Licitación N° 3/82, en favor de la firma: MANUFACTURAS DE ALGODON S. A. (M.A.S.A.), para la provisión de 600.000 unidades de 1 qq. (un quintal) y 800.000 unidades de 1/4 qq. (un cuarto quintal) de bolsas de algodón para el envasado de azúcar, producción zafra - 82, con destino a Industrias Agrícolas de Bermejo S. A. (IABSA).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Corporación Boliviana de Fomento suscribir el respectivo contrato con la firma adjudicataria MANUFACTURAS DE AGOLDON S. A. (M.A.S.A.), por el monto total de (CUARENTA Y UN MILLONES OCHENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS) $b. 41.080.000, a los precios unitarios de $b. 39.80 la bolsa de 1 qq. y $b. 21,50 la bolsa de 1/4 de qq. respectivamente, puestos en el Ingenio de Bermejo, con la intervención de las autoridades llamadas por Ley.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de julio de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. DIV. CELSO TORRELIO VILLA, Gonzalo Romero Alvarez García, Rómulo Mercado Garnica, Jorge Echazú Aguirre, Natalio Morales Mosquera, Lucio Paz Rivero, Adolfo Linares Arraya, Juan Vera Antezana, Gildo Angulo Cabrera, Luis Palenque Cordero, Guido Suárez Castellón, Carlos Morales Nuñez del Prado, Carlos Viliarroel Navia, William Mackenny Velasco, Arnold Hofman Bang Soleto, Raúl Otermín Rodríguez, Juan Carlos Durán Saucedo, Mario Marañon Zárate.