Volver a documentos
Decreto SupremoN° 19117 Vigente

Decreto Supremo N° 19117

Presidencia del Estado Plurinacional
7 de septiembre de 1982

07 DE SEPTIEMBRE DE 1982 .- Autorízase al Bco. Central de Bol., a contratar dos créditos del Bco. de Boston, Sucursal Nassau (Bahanas) por las sumas de ($us. 500.000.-) ($us. 400.000.-), respectivamente.

Artículos
0
Secciones
0
Versiones
1
Antigüedad
44 años

DECRETO SUPREMO N° 19117

GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que el Banco de Bosto, en cumplimiento del compromiso contraído con el Supremo Gobierno de la Nación, mediante Resolución Ministerial No. 810/79 de 23 de julio de 1979, que autoriza la disolución de la CORPORACION FINANCIERA BOSTON S.A., se compromete a invertir en el país, los fondos que pertenecía a esta Entidad.

Que en cumplimiento de este compromiso, el Banco de Boston, adquirió en el Mercado Europeo, Bonos emitidos por el Gobierno de Bolivia por la suma de QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 500.000.-) los mismos que al presente han sido redimidos.

Que adicionalmente y en forma voluntaria, la nombrada Entidad Bancaria, adquirió de dicha emisión de Bonos otra partida por la suma de CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 400.000.-) que igualmente se hallan redimidos.

Que el Banco de Boston, a objeto de continuar sus operaciones bancarias y cumplir con el compromiso contraído en la REsolución Ministerial No. 810/79, ha resuelto otorgar en calidad de préstamo en favor del Banco Central de Bolivia, dos créditos: uno de QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US.500.000.-), provenientes de la captación de los Bonos emitidos por el Gobierno de Bolivia en el Mercado Europeo y otro por la suma de CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 400.000.-) lo que hacen un total de NOVECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 400.000.-) para lo que requiere autorización del Supremo Gobierno.

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Autorízase al BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, a contratar dos Créditos del Banco de Boston, Sucursal Nassau (Bahamas) por las sumas de QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 500.000.-) y CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 400.000.-), respectivamente, bajo las siguientes condiciones:

•El de QUINIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 500 .000.- al plazo de cinco (5) años, con la tasa de interés anual del diez un cuarto por ciento (10 1/4 %) p.a. Punto Neto de Impuestos, y el de CUATROCIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 400.000 .-)(inversión adicional), al plazo de tres (3) años, con un período de gracia de diez y ocho meses, a la tasa de interés LIBOR y amortizaciones semestrales.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Las demás formas y condiciones para el otorgamiento de los Créditos señalados en el Artículo Primero, deberán ser acordados entre el Banco Central de Bolivia y el BAnco de Boston, a tiempo de suscribirse el correspondiente contrato.

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos años.

FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustin Saavedra Weise, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro García, Raúl Soria Ruiz, Julio Villagomez Vargas, Octavio Villavicencio Quintanilla, Victor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sanchez Valle, Dorian Gorena Urizar, Manuel Lujan Alba, Alfredo Careaga Guerera, José Antonio Oña Costas, Luis Peñaranda Beltrán.

Asistente IAResponde al instante
pixi legal · con fuentes oficiales citadas

¿Tienes dudas sobre esta norma?

Pregúntale al asistente y obtén una explicación clara de la norma al instante, con citas del texto oficial y la jurisprudencia relacionada.

O empieza con una pregunta frecuente

Cita el texto oficial Jurisprudencia relacionada Gratis y sin registro
Chatbot privado de pixi legal
Versión 1 de 1Vigente desde 7 de septiembre de 1982