30 DE SEPTIEMBRE DE 1982 .- Autorizar al Comando General de la Policia Boliviana adquiera en forma directa 3.762 quintales de arroz superior, 8.762 quintales de Harina y 8.762 quintales de azúcar, este último producto, debe ser cancelado al Banco Central de Bolivia, cuyo monto asciende a $bs. 12.792.520.oo, suma que será cubierta por el Tesoro General de la Nación.
DECRETO SUPREMO N° 19180
GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Comando General de la Policia Boliviana en cumplimiento a disposiciones establecidas por el Decreto Ley 15223 de 30 de diciembre de 1977, ha convocado a propuestas para la provisión de víveres destinados a la distribución en favor de los miembros de la citada Institución, en la cantidad de 8.762 quintales de azúcar, arroz y harina blanca;
Que no habiéndose presentado ofertantes dentro del plazo señalado en dicho llamamiento, la Junta de Licitaciones en su Reunión de fecha 21 de julio, declaró desierto el llamamiento disponiendo se proceda a emitir invitaciones a firmas proveedoras, sin que tampoco se hubieran presentado a la invitación cursada;
Que debido a la aguda escasez de azúcar en el Mercado Nacional, el Comando General de la Policia Boliviana ha efectuado gestiones directas ante el Banco Central de Bolivia, para la obtención de 8.762 quintales del mencionado artículo al crédito, a razón de $b.- 1.460.00 (UN MIL CUATROCIENTOS SESENTA 00/100 PESOS BOLIVIANOS) el quintal;
Que siendo necesario facilitar la adquisición de víveres para la atención de las necesidades de subsistencia del Personal de la Policía Boliviana, corresponde autorizar las respectivas compras, teniendo en cuenta que los fondos están asignados en el Presupuesto Fiscal de la presente gestión;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar al Comando General de la Policía Boliviana, adquiera en forma directa 8.762 quintales de arroz superior, 8.762 quintales de harina y 8.762 quintales de azúcar, este último producto, debe ser cancelado al Banco Central de Bolivia, cuyo monto asciende a $b. 12.792.520.oo.- (DOCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTE PESOS BOLIVIANOS), suma que será cubierta por el Tesoro General de la Nación.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior, Migración y justicia y de Finanzas quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruíz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raúl Soria Ruíz, Julio Villagomez V., Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama Casanovas, Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urízar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.