05 DE OCTUBRE DE 1982 .- Autorizase la Bco. Central de Bolivia conceder un aval en favor de la Compaiñia Electric Argentina SAIC por $us. 8l8.9i6.8O para la ampliación de 1.000 líneas telefónicas para la Empresa de Teléfonos Automáticos de Tarija, en las condiciones acordadas.
DECRETO SUPREMO N° 19210
GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que en fecha 10 de septiembre de 1981 la Honorable Junta Municipal de Licitaciones de la H. Alcaldía Municipal de Tarija, adjudicó en favor de la Compañía Standard Argentina SAIC, la provisión e instalación de 1.000 líneas telefónicas por el precio global de Sus. 1.023.646.00 o su equivalente en moneda naCional.
Que en fecha 5 de noviembre de 1981 se dictó el Decreto Supremo N° 18685 que en su artículo primero aprueba la adjudicación por a H. Junta Municipal de Licitaciones de la Alcaldía Municipal de la ciudad de Tarija, en favor de la Compañía Standart Electric Argentina SAIC para la provisión e instalación de las 1.000 líneas telefónicas en su artículo segundo autoriza la suscripción del contrato correspondiente, con la intervención del señor Fiscal del Distrito y la Contraloría General de la República, de acuerdo al Pliego de Especificaciones aprobado mediante Resolución Ministerial N° 3234 de fecha 12 de marzo de 1981.
Que en fecha 9 de noviembre de 1981 se procedió a la suscripción de la escritura pública N° 467/81 del contrato para la ampliación de 1.000 líneas telefónicas y para la provisión de los equipos de la central automática y materiales de plantel exterior convenido entre la H. Alcaldía Municipal de Tarija y la Compañía Estandard Eléctrica Argentina SAIC en el que se estableció un financiamiento para el pago del 80% del valor total de los equipos con un plazo de 8 años y medio y el aval del Banco Central de Bolivia.
Que en fecha 29 de diciembre de 1981 se procedió al pago del 15% del valor del contrato que asciende a la suma de $us. 153.546.90, mediante transferencia bancaria por intermedio del Banco Central de Bolivia directamente a la Compañía Standard Electric Argentina en la ciudad de Buenos Aires con recursos propios de la Empresa de Teléfonos de Tarija.
Que es necesario autorizar al Banco Central de Bolivia para que otrogue la garantía requerida.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder un aval mediante carta de garantía, en favor de la Compañía Standar Electric Argentina SAIC, por la suma de $us. 818.916.80 equivalente al 80% (Ochenta por ciento) del valor total de los equipos y materiales para la ampliación de 1.000 líneas telefónicas, para la Empresa de Teléfonos Automáticos de Tarija, más los correspondientes intereses y comisiones, debiendo suscribirse el contrato de garantía entre el Banco Central de Bolivia y la H. Alcaldía Municipal Teléfonos Automáticos de Tarija en las condiciones acordadas entre partes.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Finanzas quedan encargadas de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de Octubre de mil novecientos ochenta y dos años.
FDO. GRAL. BRIG. GUIDO VILDOSO CALDERON, Agustín Saavedra Weise, Edgar Rojas Ruíz, Alfredo Villarroel Barja, Alfonso Revollo Tennier, Amadeo Saldías Cordero, Marcelo Calvo Valda, Douglas Estremadoiro G., Raúl Soria Ruíz, Julio Villagoméz V., Octavio Villavicencio Q., Víctor Hugo Balderrama C., Augusto Sánchez Valle, Dorian Gorena Urízar, Manuel Luján Alba, Alfredo Careaga Guereca, José Antonio Oña Costas, Luís Peñaranda Beltrán.