07 DE MARZO DE 1983 .- Se autoriza a ENFE adquiera directamente de USAID/Bolivia los siguientes juegos de puentes con destino a la construcción de la variatte de Changolla en el ramal ferroviario de Oruro a Cochabamba.
DECRETO SUPREMO N°19431
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que las interrumpciones constantes que se producen en época de lluvias en el tráfico ferroviario entre Oruro y Cochabamba, obedecen a las riadas y mazamorras que afectan la línea en la zona central de Changolla y otras estaciones.
Que para superar parcialmente el permanente problema que se presenta y que moviliza equipos y cuadrillas de trabajadores cuyo costo anual resulta excesivo, los técnicos de la Empresa Nacional de Ferrocarriles respaldados por la firma Consultora Sofrerail y contando con el aval del Banco Mundial, han considerado la impostergable necesidad de construir una variante de 7 kms. en el tramo actual de la vía (Sector Changolla).
Que para el efecto anterior, y en conocimiento de la existencia de puentes metálicos para ferrocarriles de propiedad del Gobierno Americano que se encuentran sin uso en puertos de Alemania, el Ministerio de Transportes conjuntamente la Empresa Nacional de Ferrocarriles han gestionado ante USAID/Bolivia la transferencia de 18 juegos de puentes, habiendo recibido respuesta favorable y el mejor propósito de cooperación que se traduce en un costo de 0.56 dólares por kilo de puente frente a costos de 2.28 dólares por kilo/puente estimativamente, en el mercado internacional, de modo que su adquisición resulta sumamente ventajosa para la economía de ENFE y del Estado.
Que en consecuencia es importante otorgar la autorización correspondiente a la Empresa Nacional de Ferrocarriles para compra directa de 18 juegos de puentes de USAID/Bolivia, con recursos propios.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles adquirir directamente de USAID/Bolivia los siguientes juegos de puentes con destino a la construcción de la variante de Changolla en el ramal ferroviario de Oruro a Cochabamba.
Costo de cada juego. $us. 6.869.00
Transporte y Seguro : $us. 19.786.00
Total CIF Arica $us. 26.655.00 por juego
Costo de los 14 juegos $us. 373.170.00
Costo de cada juego. $us. 5.255.00
Transporte y Seguro : $us. 26.949.00
Total CIF Arica $us. 32.204.00 por juego
Costo de los 4 juegos. $us. 128.816.00
Total 18 juegos (CIF ARICA ) $us. 501.816.00
ARTÍCULO SEGUNDO.- El monto total de $us. 501.816.00 (QUINIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS DIECISEIS 00/100 DOLARES AMERICANOS) será cubierto por la Empresa Nacional de Ferrocarriles con cargo a sus recursos procedentes de la explotación del servicio.
ARTÍCULO TERCERO.- Se autoriza al Sr. Ministro de Transportes y Personeros legales de la Empresa Nacional de Ferrocarriles, la suscripción del respectivo contrato con USAID/Bolivia con intervención de la Fiscalia de Gobierno y la refrenda de la Contraloría General de la República.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Arturo Núñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Tórres Goitia, Carlos Barragán Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Tórres Guzmán, Mario Rueda Peña, Jorge Gonzáles Roda, Oscar Villa Urioste.