14 DE MARZO DE 1983 .- Disponer que las empresas fabriles, del país paguen a sus trabajadores la can tidad de $b. 10.000.~, hasta el 20 del presente mes de marzo, como anticipo de salarios; es decir como parte del incremento adicional que el Gobierno fijará para los trabajadores fabriles.
DECRETO SUPREMO N° 19452
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que la Confederación General de Trabajadores Fabriles de Bolivia, de acuerdo a las Resoluciones del X Congreso Nacional de Trabajadores Fabriles, ha presentado al Supremo Gobierno la solicitud de un bono compensatorio de $b. 21.000.- como emergencia del alza del costo de vida.
Que el Gobierno Constitucional ha decidido no dar curso a pedidos sobre bonos en el marco de su política de racionalización salarial.
Que el actual Gobierno Democrático está empeñado en otorgar un tratamiento especial a los sectores productivos del país a tiempo de dictar las nuevas medidas de reajuste salarial.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Disponer que las empresas fabriles, del país, paguen a sus trabajadores la cantidad de $b.- -10.000.- (DIEZ MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS), hasta el 20 del presente mes de marzo, como anticipo de salarios; es decir como parte del incremento adicional que el Gobierno fijará para los trabajadores fabriles por ser un sector productivo.
Este adelanto será descontado en sumas iguales durante diez meses a partir del presente mes.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Desarrollo Laboral, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Mario Roncal Antezana, Arturo Núñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Tórres Goitia, Carlos Barragán Vargas, Jaime Ponce García, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Horacio Tórres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzáles Roda, Mario Rueda Peña.