14 DE MARZO DE 1983 .- Amplíase lo plazos establecidos por ios Art 75 del D.L. 1154 y 3 del Regi mentó de igual disposición Iegí 13525 (G- 848), para la prese] tación de Estados Financiera correspondiente a la gestiói 1982, a la Renta Interna bajo la siguiente forma:
DECRETO SUPREMO N° 19456
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Decreto Ley No 11154 modificado y aprobado por igual disposición legal 12853 de 12 de septiembre de 1975, en su artículo 75, obliga a las empresas a presentar balances a la Dirección General de la Renta Interna hasta el 31 de marzo de cada año.
Que la Cámara de Industrias y otros sectores significativos de la actividad productiva, han solicitado oficialmente la prórroga del plazo anteriormente señalado, para la presentación de sus Estados Financieros de la gestión de 1982, con el fundamento de no haberse reglamentado oportunamente el régimen de Revalorización de Activos Fijos dispuesto por el Decreto Supremo No 19271 de 5 de noviembre de 1982 y el tratamiento contable a las diferencias de cambio a otorgarse por la gestión de 1982.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Amplíase los plazos establecidos por los artículos 75 del Decreto Ley No 11154 (Modificado) y 3o. del Reglamento de igual disposición legal 13525 de 29 de abril de 1976, para la presentación de estados financieros correspondientes a la gestión de 1982, a la Renta Interna bajo la siguiente forma:
1 Hasta el 29 de abril de 1983 para las empresas sin auditoría externa
2 Hasta el 30 de mayo de 1983 para las empresas con dictamen de auditoría externa.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Mario Roncal Antezana, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenon Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzman, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.