30 DE MARZO DE 1983 .- Dispónese que el Tesoro Gral. de la Nación de y entregue al SISTEMA DE defensa civil, la suma $b. 30.000.000 destinada a satisfacer las acciones de socorro, auxilio y rehabilitación de la población asi como de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
DECRETO SUPREMO N° 19498
LIC. JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE INTERINO DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el extraordinario aluvión del río Piraí ocurrido el 18 de marzo de 1983 ha ocasionado enormes daños materiales así como lamentables pérdidas de vidas humanas en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra y una vasta área adyacente, privando de alimentos, vivienda y medios de subsistencia a numerosos habitantes de modesta condición social con recursos económicos limitados.
Que el Sistema de Defensa Civil es el organo estatal, encargado específicamente por ley, para socorrer a las personas y propiedades afectadas por desastres naturales, planificando, coordinando y ejecutando eficientes programas de auxilio, defensa y rehabilitación.
Que es necesario munir al mencionado órgano de los suficientes recursos financieros, para que cumpla sus importantes fines en la forma más satisfactoria.
Que es propósito prioritario del Supremo Gobierno Constitucional de la Nación, socorrer en la forma más inmediata y eficaz posible a los damnificados del indicado aluvión, así como impulsar la rehabilitación total de la zona dañada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Dispónese que el Tesoro General de la Nación dé y entregue al SISTEMA DE DEFENSA CIVIL, creado por decreto supremo No 19386 de 17 de enero de 1983, la suma de TREINTA MILLONES 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 30.000.000.-), con cargo a la respectiva partida del presupuesto nacional, destinada a satisfacer las acciones de socorro, auxilio y rehabilitación de la población así como de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, incluyendo sus áreas adyacentes, danadas por el aluvión mencionado.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y de Defensa Nacional, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Mario Roncal Antezana, José Ortíz Mercado, Jaime Ponce García, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Jorge Medina Pinedo, Zenón Barrientos Mamani, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.