12 DE ABRIL DE 1983 .- Autorízase al Bco. Central conceder $us. 45.000.oo a la División de Cooperación Internacional del Min. Relaciones del Gobierno del Estado de Israel, con objeto de ela borar el "Plan de Desarrollo Rural Regional Integral del Chaco Chuquisaqueño".
DECRETO SUPREMO N° 19506
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno Constitucional de la República dentro de la política de incentivación de la economía nacional tiene el deber de otorgar prioridad a las zonas de menor desarrollo económico relativo como lo es la del Chaco Chuquisaqueño; zona que además es de gran importancia estratégica para el país, pues cuenta con grandes recursos naturales que deben ser explotados racionalmente para el beneficio del país.
Que asimismo, es necesario vincular a esta zona adecuadamente con el país, pues actualmente se halla casi completamente deshabitada y carente de medios de comunicación.
Que la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca (CORDECH) ha señalado como altamente prioritario el desarrollo y potenciamiento económico de la zona chaqueña referida, para lo cual se ha emtrado en contacto con la División de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno del Estado de Israel.
Que luego de culminar exitosamente las gestiones y tratativas pertinentes, la mencionada División de Cooperación Internacional y el Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la República de Bolivia, han acordado suscribir un convenio, con el objeto de elaborar el “Plan de Desarrollo Rural Integral del Chaco Chuquisaqueño”, dentro del curso internacional que realiza anualmente dicho organismo del Gobierno de Israel, curso que, en la presente gestión, se llevará a cabo durante siete meses a partir del próximo mes de mayo, habiendo determinado que el aporte de la contraparte (CORDECH) sea de $us. 45.000.oo (Cuarenta y cinco mil 00/100 Dólares Americanos).
Que para la firma del citado convenio entre la mencionada División de Cooperación Internacional del Estado de Israel y el Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la República de Bolivia, es necesario, primero, el desembolso de la suma señalada procedentemente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase al Banco Central de Bolivia conceder CUARENTA Y CINCO MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 45.000.oo), detro del presupuesto de la Corporación Regional de Desarrollo de Chuquisaca (CORDECH), para que ésta a su vez la entregue a la División de Cooperación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores del Gobierno del Estado de Israel, a fin de que pueda suscribirse un convenio entre ese organismo de Israel y el Ministerio de Planeamiento y Coordinación de la República de Bolivia, con objeto de elaborar el “PLAN DE DESARROLLO RURAL REGIONAL INTEGRAL DEL CHACO CHUQUISAQUEÑO”, dentro del curso internacional de planificación que llevará a cabo la indicada División de Cooperación Internacional, a partir del mes de mayo de la gestión en curso.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de abril de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Velarde Dorado, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martínez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.