06 DE MAYO DE 1983 .- Se autoriza a la H. Alcaldia Municipal de La Paz, para que suscriba con la Asociación de Periodistas de La Paz una escritura complementaria y aclaratoria sobre la dependencia del Edificio Cardón.
DECRETO SUPREMO N° 19549
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que por Ley de 17 de noviembre de 1960, promulgada por el Poder Ejecutivo el 23 de noviembre del mismo año el Congreso Nacional autorizó a la H. Municipalidad de La Paz a transferir a la Asociación de Periodistas de La Paz, el inmueble propio de dicha comunidad conocido por el nombre de Casa Cardón, el mismo que se halla situado en la calle Comercio No. 1048 de esta ciudad.
Que en cumplimiento de la mencionada Ley, se hizo tal transferencia con intervención de la Contraloría General de la República, mediante escritura pública número 67 de fecha 5 de abril de 1962 por ante el Notario de Fé Pública, don Gualberto Rodriguéz Prado, transferencia se hizo a título gratuito con todos sus usos, costumbres y servidumbres con la salvedad de que la H. Municipalidad de La Paz se reservó por tres años el usufructo de los locales comerciales del citado inmueble.
Que habiéndose cumplido el plazo del usufructo los mencionados locales comerciales pasaron a depender de la Asociación de Periodistas de La Paz, circunstancia que debe ser aclarada como también deben ser aclarados los límites y extensión territorial del Edificio Cardón para evitar futuras confuciones o conflictos como los que vinieron sucediendo.
CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza a la H. Municipalidad de La Paz para que suscriba con la Asociación de Periodistas de La Paz una escritura complementaria y aclaratoria a la que se suscribió el 5 de abril de 1962, especificando que habiendo cesado el usufructo que por tres años se reservó sobre los locales comerciales del Edificio Cardón ellos pasaron a depender y pertenecen a la Asociación de Periodistas de La Paz por ser parte integrante del citado inmueble cuyos derechos de propiedad se hallan consolidados.
ARTÍCULO 2.- Se deja subsistente la propiedad que detenta el Ministerio de Educación y Cultura sobre un lote y construcciones contigua al Museo Nacional de Arte donde actualmente funcionan las escuelas fiscales Luis Adolfo Siles Salinas y José Agustin Castrillo, para las cuales también se deja subsistente la servidumbre de paso que tienen hacia la calle Comercio a través del Edificio Cardón hasta que se pagan nuevas construcciones con salida propia.
ARTÍCULO 3.- La H. Municipalidad de La Paz, y la Asociación de Periodistas de La Paz, mandarán a levantar los planos que delimiten ambas propiedades a fin de que formen parte inseparable de la nueva escritura pública.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis dias del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Jaime Ponce Garcia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peñña.