06 DE MAYO DE 1983 .- Autorizar al Ministerio de Defensa, recabe cotizaciones de productores nacionales y extranjeros para la provisión) de los artículos que se detallan.
DECRETO SUPREMO N° 19550
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Ministerio de Defensa Nacional, para cumplir en forma eficiente y oportuna la dotación de viveres correspondiente a la gestión 1983 a los señores miembros de las Fuerzas Armadas, tanto del servicio activo como del pasivo, debe adquirir harina de trigo, arroz y fideo.
Que la producción nacional de éstos artículos no abastece los requerimientos de las FF.AA., siendo en consecuencia necesario autorizar la compra de los mismos de productores extranjeros.
Que es obligación del Estado atender estos requerimientos, otorgando las facilidades necesarias para una dotación rápida y en condiciones favorables.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Autorizar al Ministerio de Defensa Nacional para que con el sistema de concurso por invitación, recabe cotizaciones de productores nacionales y extranjeros para la provisión de los siguientes artículos, en las cantidades que se detallan para cubrir las necesidades de dotación de vivieres a los miembros de las Fuerzas Armadas, por la gestión de 1983.
Harina de trigo 4.000 T.M.
Arroz 4.000 T.M.
Fideo 5.000 qq.
ARTÍCULO SEGUNDO.- El Ministerio de Defensa Nacional, mediante el organismo pertinente evaluará las propuestas y procederá a las adjudicaciones, las mismas que serán autorizadas mediante el Decreto Supremo correspondiente.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis dias del de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Roberto Arnez Villarroel, Jaime Ponce Garcia, Carlos Barragan Vargas, Jorge Medina Pinedo, Zenón Barrientos Mamani, Horacio Torres Guzmán, Mario Rueda Peña, Jorge Gonzales Roda, Oscar Villa Urioste.