12 DE MAYO DE 1983 .- Se amplía y pro rroga la vigencia y validez del ■ D.S. Nº 18234 (G-1205) por el termino de dos años acicionales, quedando así modificado y sin efecto su articulo sexto.
DECRETO SUPREMO N° 19554
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el decreto supremo No. 18234 de 30 de abril de 1981 ha instituido procedimiento especial a favor de la Corporación Minera de Bolivia, con plazo perentorio de dos años, para que esta última pueda perfeccionar, legalizar y obtener títulos ejecutoriales sobre las áreas que el Ministerio de Minería y Metalurgia le autorizó explorar, prospeccionar y explotar en zonas de la reserva fiscal minera.
Que la Corporation Minera de Bolivia ha efectuado estudios de exploración en las indicadas áreas a través de sus departamentos técnicos, detectando yacimientos que completarían los requerimientos técnicos así como la tramitación legal respectiva.
Que la mencionada Corporación ha solicitado la prórroga del citado decreto supremo 18234, por dos años adicionales, para poder completar el trámite legal y técnico de las áreas que el Ministerio de Minería y Metalurgia le autorizó explorar, prospeccionar y explotar en zonas de reserva fiscal, en concordancia con la actual política minero metalúrgica del Gobierno Constitucional de la Nación.
Que conviene a los intereses nacionales acordar esa prórroga, que permitirá además generar nuevas fuentes de trabajo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se amplía y prorroga la vigencia y validéz del decreto supremo No. 18234 de 30 de abril de 1981 por el término de dos años adicionales, quedando así modificado y sin efecto su artículo sexto.
El señor Ministro de Estado en el despacho de Minería y Metalurgia queda encargado de la ejecución y cumplimiento presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce Garcia, Horacio Torres Guzmán, Mario Rueda Peña, Jorge Gonzales Roda, Oscar Villa Urioste.