13 DE MAYO DE 1983 .- Modificase el Art. 3 del D.S. Nº 19268 ÍG-1305Í restituyéndose parcialmente la participación de los Trabajadores Petroleros en el 7 o/o del 12.5 o/o del rendimiento sobre los precios de venta fijados para las gasolinas automotrices.
DECRETO SUPREMO N° 19558
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante Decreto Supremo No. 4565 de 24 de enero de 1957, fué creado el impuesto sobre precio de venta de gasolina de producción nacional, estableciendo una participación en favor del Régimen Complementario del Seguro Social de los Trabajadores Petroleros, participación que fué percibida pasta el 5 de noviembre de 1982 en forma porcentual.
Que corresponde reponer los derechos adquiridos por los trabajadores petroleros del país, a fin de posibilitar la materialización de reajustes en las prestaciones que perciben.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Modifícase el artículo 3o. del D.S. No. 19268 de 5 de noviembre de 1982, restituyéndose parcialmente la participación de los Trabajadores Petroleros en el 7 o/o del 12.5 o/o del rendimiento sobre los precios de venta fijados para las gasolinas automotrices, gasolina blanca y diesel oil, manteniéndose los porcentajes de distribución para el Fondo Complementario de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos y la Federación Sindical de Trabajadores Petroleros
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos (YPFB) oficiar como Agente de Retención y entregar a las entidades beneficiarias los fondos provenientes del citado impuesto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Energía é Hidrocarburos, y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de mayo de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Javier Lupo Gamarra, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Zenón Barrientos Mamani, Jorge Medina Pineda, Jaime Ponce Garcia, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.