03 DE JUNIO DE 1983 .- Homológase el contrato de Consultoría suscritos entre el Ministerio de Defensa y la firma fransesa Sopha Developpement, aprobándose los términos de su redacción, hasta un monto de $bs. 1.500.000.-
DECRETO SUPREMO N° 19577
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que el Gobierno de la República de Francia ha establecido un compromiso formal con el Gobierno de Bolivia, para un financiamiento de cien millones de francos franceses con destino a solucionar necesidades urgentes.
Que uno de los objetivos prioritarios es el equipamiento del Hospital Militar, con un costo de noventa millones de francos franceses, el que además de atender a los miembros de las Fuerzas Armadas, ha de prestar asistencia al pueblo en general.
Que para hacer efectiva la suscripción del protocolo de gobierno a gobierno que viabilice el financiamiento, es conveniente suscribir un contrato con una firma francesa que asegure la inversión de los recursos, en los términos y condiciones de ese protocolo.
Que es necesario adecuar el pliego de especificaciones para el equipamiento del hospital, a las normas de la tecnología francesa, para la cual, de acuerdo con el espíritu de protocolo la firma consultora que realice este trabajo e intervenga en los trámites de la licitación, debe ser francesa.
Que el Ministerio de Defensa Nacional, con la facultad que le confieren el inc. a) del Art. 23 de la Ley de Consultoría y el Art. 3o. del Decreto Supremo No 19448 de 9 de marzo de 1983, ha contratado los servicios de consultoría de la firma francesa Supha Developpement en condiciones sumamente ventajosas para los intereses del Estado con el objeto de que efectúe la adecuación de los pliegos de especificaciones e intervenga en los trámites de licitación de las empresas proveedoras.
Que la empresa Sopha Devloppment, de reconocido prestigio internacional, ha realizado en Bolivia durante los últimos años, trabajos importantes en el área de sanidad.
Que en consecuencia, es necesario homologar el contrato referido; debiendo además designarse al representante boliviano que presida la comisión nacional que viaje a Francia con el objeto de establecer las bases, alcances y condiciones del protocolo a suscribirse.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Homológase el contrato de Consultoría suscrito entre el Ministerio de Defensa Nacional y la firma francesa Sopha Developpement, en diez de mayo de 1983, aprobándose los términos de su redacción, hasta un monto de UN MILLON QUINIENTOS MIL PESOS BOLIVIANOS ($bs. 1.500.000.-) equivalente a cincuenta y cinco mil francos franceses (F.F. 55.000.-).
ARTÍCULO SEGUNDO.- Desígnase al señor Lic. José Ortíz Mercado, Ministro de Defensa Nacional, representante del Gobierno boliviano, Presidente de la Comisión que debe viajar a la República de Francia pare establecer las bases, alcances y condiciones del protocolo a suscribirse.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de junio de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo Saenz, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barron Rondon, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Jorge Medina Pinedo, Reynaldo Mercado Uribe, Carlos Barragan Vargas, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzáles Roda, Mario Rueda Peña.