20 DE JUNIO DE 1983 .- Autorizase al Banco Central de Bolivia la concesión de un crédito Warrant por $b. 92.555.165.- en favor de la Fábrica de Aceites de Villamontes, con destino a la adquisición de materia prima.
DECRETO SUPREMO Nº 19613
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la fábrica de Aceites Comestibles de Villamontes, dependiente de la Corporación Boliviana de Fomento, necesita asegurar su funcionamiento con el suministro de materia prima constituida por soya, pepita de algodón, maní y girasol.
Que desde gestiones anteriores, se tiene establecido un sistema de financiamiento Warrant, que es otorgado por el Banco Central de Bolivia, para la adquisición de materia prima producida en la zona, debiendo adoptarse igual medida para el presente año.
Que la fábrica de Aceites de Villamontes ha procedido ya a la recepción de materia prima entregada por los agricultores de la zona.
Que por consiguiente, se hace necesario dictar las medidas legales adecuadas que amparen el Programa Warrant Oleaginosas, gestión 1982 – 1983 para el área de Villamontes.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia la concesión de un crédito Warrant por un importe de $b. 92.555.165.- (NOVENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CIENTO SESENTA Y CINCO 00/100 PESOS BOLIVIANOS) en favor de la Fábrica de Aceites de Villamontes, de la Corporación Boliviana de Fomento, con destino a la adquisición de materia prima para la producción de aceite durante la presente gestión.
ARTÍCULO 2.- La tasa de interés, plazo y demás condiciones del crédito serán acordados entre el Banco Central de Bolivia y la Corporación Boliviana de Fomento a tiempo de elaborar el contrato respectivo.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Industria, Comercio y Turismo, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de junio de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marical Tamayo, Mario Roncal Antezana, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barron Rondon, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.