21 DE JULIO DE 1983 .- Dispónese la repatriación de los restos mortales del Prof. Elizardo Pérez Gutiérrez.
DECRETO SUPREMO N° 19683
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Supremo Gobierno Constitucional, ha dispuesto la realización de una serie de actos en homenaje a la memoria y obra del Profesor Elizardo Perez, preclaro ciudadano boliviano cuyos restos mortales reposan en la ciudad de Buenos Aires República Argentina.
Que la obra del Profesor Elizardo Perez, cuya vida tuvo como constante la preocupación por la educación del campesino, se traduce en haber promovido la creación de Nucleos Educacionales Rurales, en haber fundado la primera Escuela Indig ena en Warisata, la misma que ha sido reproducida no solo en otras regiones del país, sino también en algunos paises de Latinoamérica.
Que asímismo, el Profesor Elizardo Perez desempeñó las funciones públicas de Director General de Educación Indiginal, H. Diputado Nacional y Ministro de Educación.
Que dentro de ese homenaje póstumo, es de interés nacional la repatriación de los restos mortales del Profesor Perez, a fin de darles sepultura en suelo patrio, determinándose que para tal efecto se constituya una delegación a la capital argentina a objeto de acompañar ese traslado, por lo que.
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Dispónese la repatriación de los restos mortales del Profesor Elizardo Perez Gutierrez, fallecido el 15 de septiembre de 1980 y que actualmente reposan en la ciudad de Buenos Aires, República Argentina a objeto de darles sepultura en suelo patrio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Para dicha repatriación, confórmase una comitiva compuesta por la familia del Prof. Perez y dos representantes del Ministerio de Educación y Cultura, la misma que acompañará el traslado de los restos desde Buenos Aires hasta la ciudad de La Paz, y posteriormente a la localidad de Warisata, donde luego de los actos de homenaje, serán inhumados.
ARTÍCULO TERCERO.- Para el viaje de la comitiva y los gastos que demande la repatriación, dispónese que el Tesoro Nacional, desembolse la suma de PESOS BOLIVIANOS NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS TREINTA Y SEIS ($b. 996.636.-) y DOLARES AMERICANOS CUATRO MIL SEISCIENTOS SIETE CON CINCUENTA CENTAVOS ($us. 4.607.50) a la orden del Ministerio de Educación y Cultura y que deben ser empleados de acuerdo al siguiente detalle:
PASAJES — Partida 221
Sra. Jael Oropeza v. de Perez
Buenos Aires — La Paz — Buenos Aires $b. 108.938.-
Sra. María Victoria Perez de Sthornton
Washington — La Paz — Washington en los
siguientes tramos:
Washington — Miami — Washington $us. 275.50.-
Miami — La Paz — Miami $b. 1658.884.-
Sra. María Inés Perez de Castaños
La Paz — Buenos Aires — La Paz $b. 108.938.-
Pasajes Representantes del Ministerio
de Educación Partida 221
Prof. Victor Montoya Medinacelli
La Paz — Buenos Aires— La Paz $b. 108.938.-
Prof. René Martínez Fajardo
LaPaz—BuenosAires—LaPaz $b. 108.938.-
VIATICOS — Partida 222
Sra. Jael v. de Perez e hijas $us. 1.000.-
Viáticos Representantes del Ministerio
de Educación.
Prof. Victor Montoya Medinacelli $us. 175.-
Prof. René Martínez Fajardo $us. 175.-
GASTOS DE EXHUMACION y traslado
de desde Buenos Aires Partida 262 $us. 3.000.-
Homenaje — Partida 222 $b. 395.000.-
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T O T A L E S: $us. 4.607.50$b. 996.636.-
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Educación y Cultura y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barron Rondón, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Jorge Medina Pinedo, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.