21 DE JULIO DE 1983 .- Dispónese al Ministerio de Planeamiento y Coordinación y sus entidades descentralizadas, elaboren Plan de Desarrollo 1984-1987.
DECRETO SUPREMO Nº 19697
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a lo dispuesto por la Ley Orgánica del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, ese Portafolio debe formular los planes nacionales de desarrollo económico y social, para lo cual requiere del concurso de todas sus reparticiones descentralizadas.
Que dentro de la política económica, el Gobierno Constitucional ha visto por conveniente disponer la elaboración de un Plan de Desarrollo 1984 - 1987, tarea que deberá ser realizada en un tiempo perentorio.
Que para llevar a cabo dicho Plan se requiere del concurso de todo el personal del Ministerio de Planeamiento y Coordinación, además de la colaboración de profesionales de otros sectores.
Que siendo de prioritaria importancia esta tarea y debiendo ser realizada en un período de tiempo determinado, el personal de ese Despacho deberá trabajar en horarios fuera de los de oficina cuando el caso lo requiera.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Dispónese que el Ministerio de Planeamiento y Coordinación y sus entidades descentralizadas, elaboren el Plan de Desarrollo 1984 -1987, el mismo que será entregado como plazo máximo hasta fines del presente año.
ARTÍCULO 2.- Facúltase a dicho Ministerio a requerir la información necesaria de otras reparticiones del Estado, con carácter obligatorio de parte de éstas, para la elaboración de dicho Plan, e igualmente a requerir personal en comisión para este mismo fin.
ARTÍCULO 3.- Dispónese que el personal del Ministerio de Planeamiento y Coordinación y entidades descentralizadas trabaje trabaje en horas extraordinarias si el caso requiere, a fin de que concluya el trabajo encomendado en el artículo primero.
ARTÍCULO 4.- Dispónese que el Ministerio de Finanzas, a través del Tesoro General de la Nación, consigne un Presupuesto Adicional de $b. 18.000.000.oo (PESOS BOLIVIANOS DIEZ Y OCHO MILLONES 00/100), a fin de cubrir los gastos que demande la elaboración del Plan de Desarrollo 1984- 1987.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos correspondientes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Enrique Ipiña Melgar, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barron Rondon, Roberto Arnez Villarroel, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Horacio Torres Guzmán, Oscar Villa Urioste, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.