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Decreto Supremo19761 Vigente

Decreto Supremo N° 19761

Presidencia del Estado Plurinacional
22 de agosto de 1983

22 DE AGOSTO DE 1983 .- Se autoriza al Tesoro Gral. de la Nación, emitir formularios valorados por $b. 200, para la presentación del Formulario Económico Único.

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DECRETO SUPREMO N° 19761

HERNAN SILES ZUAZO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto Supremo No 12613, de fecha 17 de junio de 1975, se implantó el Formulario Económico Unico, destinado a las empresas de los diversos sectores económicos del país, como base del sistema estadístico nacional.

Que siendo el Instituto Nacional de Estadística, organismo dependiente Ministerio de Planeamiento y Coordinación, una Institución encargada de la coordinación, centralización y sistematización de la producción y divulgación de las diversas estadísticas que facilitan un enfoque real en los estudios de los problemas económicos y sociales del país, requiere de las disposiciones legales y medios necesarios que le permitan efectuar el control correspondiente para que todos los establecimientos económicos cumplan con la entrega del Formulario Económico Unico:

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

Artículo 1

Autorizar al Tesoro General de la Nación, emitir formularios valorados por $b. 200.- cada uno, para la presentación del Formulario Económico Unico de los sectores Comercio Interno, Servicios, Construcción, Manufacturero Fabril y Minería.

Artículo 2

El Instituto Nacional de Estadística en el plazo improrrogable de treinta días, propondrá al Ministerio de Finanzas, la aprobación de los formularios valorados correspondientes.

Artículo 3

Los montos emergentes del ingreso por la venta de los formularios valorados de presentación del Formulario Económico Unico, deberán ser depositados en la cuenta de Fondos de Operación del Instituto Nacional de Estadística en el Banco Central de Bolivia.

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de agosto de mil novecientos ochenta y tres años.

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Marcial Tamayo, Mario Roncal Antezana, José Ortiz Mercado, Arturo Nuñez del Prado, Flavio Machicado Saravia, Hernando Poppe Martinez, Marcelo Barron Rondon, Javier Torres Goitia, Carlos Barragan Vargas, Reynaldo Mercado Uribe, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Horacio Torres Guzmán, Jorge Gonzales Roda, Mario Rueda Peña.

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