21 DE SEPTIEMBRE DE 1983 .- Autorizar la permuta de veinte hectáreas cincuenta y tres áreas, setenta y cinco centiáreas ubicadas dentro de perímetro de tierras destinadas al Parque Industrial de Santa Cruz.
DECRETO SUPREMO 19778
DR. HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que dentro del perímetro de tierra destinado a la construcción del Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, está comprendida una parcela de terreno de veinte hectáreas, cincuenta y tres áreas y setenta y cinco centiáreas perteneciente a la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz, donde funciona actualmente el Matadero Municipal, cuyo valor pericial, en concepto de indemnización, corresponde pagar a la Corporación de Dasarrollo de Santa Cruz.
Que el crecimiento demográfico de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, ha permitido comprobar que la capacidad de los servicios públicos en general ha sido cubierta en su totalidad, tornándose de urgente necesidad encontrar un área de superficie suficiente dentro del radio urbano a objeto de construir otro cementerio general, que reuna condiciones de capacidad, funcionamiento, sentido social y sanitario, de acuerdo a las exigencias de una moderna urbanización.
Que con miras a dar solución a las necesidades indicadas, la H. Alcaldía Municipal de Santa Cruz y la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz, han concertado la permuta de la parcela de terreno perteneciente a la primera de veinte hectáreas, cincuenta y tres áreas y setenta y cinco centiáreas, por otra parcela de terreno perteneciente a la segunda de nueve hectáreas, veintiseis áreas; ambas parcelas ubicadas dentro del área del Parque Industrial de la ciudad de Santa Cruz da la Sierra.
Que favoreciendo la operación de permuta al Parque Industrial que ejecuta la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz como a la adecuada ubicación del área destinada a un segundo cementerio general de la ciudad de Santa Cruz, corresponde al Supremo Gobierno autorizar la operación de permuta o mútua transferencia celebrada por dos instituciones del sector público de la Administración local y regional, respectivamente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar la permuta de veinte hectáreas en cincuenta y tres áreas, setenta y cinco centiáreas ubicadas dentro del perímetro de tierras destinadas al Parque Industrial de Santa Cruz por nueve hectáreas y veintiséis áreas de terreno ubicadas dentro del mismo perímetro concertado entre la H. Alcaldía Municipal y la Corporación de Desarrollo de Santa Cruz en fecha 12 de marzo de 1982.
Los señores Ministros de Estado en sus despachos respectivos quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun dias del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cardenas Mallo, Roberto Jordan Pando, Hernando Poppe Martinez, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Humberto Mur Gutierrez, Ramiro Barrenechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce Garcia, Benjamin Miguel Harb, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.