21 DE SEPTIEMBRE DE 1983 .- Se aprueba un presupuesto adicional para el Miniterio de Urbanismo y Vivienda con destino a la adquisición de un vehículo.
DECRETO SUPREMO 19779
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de un accidente ocurrido el 19 de febrero de 1982, el automóvil asignado al Ministerio de Urbanismo y Vivienda quedó completamente destruido, motivo por el cual el señor Ministro del nombrado Portafolio no dispone de un vehículo para el cumplimiento de sus actividades oficiales.
Que por dicha circunstancia, mediante Resolución Suprema N° 198108 de 24 de junio de 1983 se autorizó la compra de un vehículo para uso del Ministro del referido portafolio, adquisición que se dejó sin efecto por no contarse oportunamente con la disponibilidad de los fondos requeridos para dicho propósito.
Que de conformidad a disposiciones previstas en la Ley de Adquisiciones, aprobada por Decreto Ley N° 15223 de 30 de diciembre de 1977, mediante Convocatoria N° 1/83 se procedió a efectuar licitación pública para la compra de un vehículo, habiéndose realizado las publicaciones de rigor.
Que la Junta de Licitaciones del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, en sesión de 28 de julio de 1983, declaró desierta la convocatoria conforme a lo dispuesto por el artículo 15 de la citada Ley de Adquisiciones, en vista de haberse presentado una sola propuesta y que no reunía formalidades de Ley.
Que dando cumplimiento a lo dispuesto por los artículos 16 y 77 de la misma Ley de Adquisiciones, se cursó invitaciones a las firmas importadoras TOYOTA LTDA., COMBI LTDA. e INTERMACO S.A., a efecto que presenten propuestas, evidenciándose en la reunión de la Junta de Licitaciones de 13 de septiembre de 1983 la falta de presentación de propuestas por parte da las casas comerciales, por lo que se declaró desierta la invitación, habiéndose sugerido que el Ministerio de Urbanismo y Vivienda tramite la norma legal que permita la adquisición directa del vehículo para el señor Ministro.
Que habiéndose agotado los procedimientos previstos en la Ley de adquisiciones, corresponde disponer la adquisición directa de un automóvil que convenga a los intereses del Estado.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Se aprueba un presupuesto adicional para el Ministerio de Urbanismo y Vivienda con destino a la adquisición de un vehículo, de acuerdo al siguiente detalle:
ORGANISMO: MINISTERIO DE URBANISMO Y VIVIENDA
CODIGO: DESCRIPCION PRESUPUESTO 1983
400 ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS
430 MAQUINARIA Y EQUIPO
433 EQUIPO DE TRANSPORTE, TRACCION
Y ELEVACION $bs. 12.000.000.00
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se aprueba la compra directa de un automóvil para uso del señor Ministro de Urbanismo y Vivienda, y sea en función de la existencia y posibilidades del mercado, debiendo presentarse las facturas correspondientes de las casas comerciales y suscribirse el contrato pertinente con intervención de la Fiscalía de Gobierno y refrenda de la Contraloría General de la Nación.
ARTÍCULO TERCERO.- Se abroga la Resolución Suprema N° 198108 de 24 de junio de 1983.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y Urbanismo y Vivienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cardenas Mallo, Roberto Jordan Parido, Herenando Poppe Martinez, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Humberto Mur Gutierrez, Ramiro Barrenechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce Garcia, Benjamin Miguel Harb, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.