23 DE SEPTIEMBRE DE 1983 .- A partir de la fecha se suprime las liberaciones del impuesto a las utilidades en favor de las Empresas , Bancos y entidades Públicas y Privadas.
DECRETO SUPREMO N° 19798
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante disposiciones especiales de excepción se han otorgado a los Bancos e instituciones financieras privadas, liberaciones impositivas a su utilidades para destinarlas a la construcción de edificios propios donde puedan instalar sus oficinas.
Que las liberaciones así otorgadas por el Gobierno han sido en muchos casos desvirtuadas por las instituciones beneficiarias, el permitirles efectuar trabajos de construcción de edificios en las diferentes ciudades donde tienen sucursales, excediendo sus propias necesidades, lo que dio lugar a que se dediquen a negocios inmobiliarios al margen de sus actividades especificas.
Que es necesario racionalizar el régimen de liberaciones impositivas, procurando la correcta aplicación y control de esta medida de excepción.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO l.- A partir de la fecha se suprime las liberaciones del impuesto a las utilidades en favor de las empresas, instituciones bancarias o entidades mercantiles públicas y privadas, así como también las exenciones con destino a la construcción de edificios propios de dichas instituciones.
ARTÍCULO 2.- En los casos en que las condiciones y requisitos para gozar de la liberación no hubieran sido cumplidos, el impuesto sobre utilidades, los intereses, multas y recargos serán exigibles a partir de la gestión en que se hubiese concedido la liberación,
ARTÍCULO 3.- Quedan derogadas las disposiciones contrarias al presente decreto.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de septiembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvares Plata, Manuel Cardenas Mallo, Roberto Jordan Pando, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martines, Humberto Mur Gutierrez, Ramiro Barrenechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce Garcia, Benjamin Miguel Harb ,Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.