05 DE OCTUBRE DE 1983 .- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. J unta de Licitaciones del Ministerio de Transportes en favor de la Sociedad Accidental.
DECRETO SUPREMO N° 19819
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por Decreto Supremo No. 19430 del 7 de marzo cíe 1983, se autorizó al Ministerio de Transportes y Comunicaciones licitar públicamente la construcción de los trabajos de conclusión del Centro de Comunicaciones de la ciudad de La Paz, bajo condición de financiamiento propio de las empresas constructoras concurrentes, utilizando para efectos de pago los recursos creados por el D.S. No. 19310 de 8 de diciembre de 1982 y D.S. No. 19589 de 8 de junio de 1.983.
Que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones en cumplimiento a lo dispuesto por la mencionada disposición legal, mediante licitación pública No. 01/83, convocó a las firmas nacionales y extranjeras legalmente acreditadas en el país, a presentar propuestas para la conclusión del Edificio Central de Comunicaciones La Paz, presentando en el plazo habil sus propuestas las firmas Consorcio Darkel Ingenieros Asociados, Compañía Boliviana de Ingeniería C.B.I., Trovato de Construcciones S.A. e Ingenieros Civiles Asociados I.C.A. Bolivia Ltda.
La H. Junta de Licitaciones, en aplicación especifica del reglamento aprobado mediante Decreto Supremo No. 19488 de 25 de marzo de 1983, previa consideración y análisis de los informes técnico económico y jurídico presentados por la Comisión Calificadora, en reunión de fecha 18 de agosto del presente año, por unanimidad resolvió adjudicar la ejecución de la obra, en favor de la Compañía Boliviana de Ingeniería C.B.I. Trovato Construcciones S.A.- Sociedad Accidental, por el monto ofertado de $us, 10.050.235.90 (DIEZ MILLONES CINCUENTA MIL, DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO 90/100 DOLARES AMERICANOS) por constituir la oferta más ventajosa en sus condiciones técnico económicas.
Que habiéndose cumplido con las previsiones y requisitos exigidos por Ley, corresponde aprobar la adjudicación efectuada mediante la norma legal pertinente.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la adjudicación efectuada por la H. junta de Licitaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones en favor de la Sociedad Accidental, Compañía Boliviana de Ingeniería (C.B.I,) TROVATO CONSTRUCCIONES, para la ejecución de los trabajos de conclusión del Centro de Comunicaciones de la ciudad de La Paz, por el monto total de DIEZ MILLONES CINCUENTA MIL, DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO 90/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 10.050.235.90), con financiamiento total, inclusión de costos locales y sin afectar los recursos del Estado.
ARTÍCULO 2.- Se autoriza al Ministerio de Transportes y Comunicaciones suscribir el contrato de conclusión de obras del Centro de Comunicaciones de La Paz, conjuntamente con el representante de la compañía favorecida con la intervención del Fiscal de Gobierno y Contralor General de la República, por un monto total de DIEZ MILLONES CINCUENTA MIL, DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO 90/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 10.050.235.90), de los cuales TRES MILLONES, TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL, CUATROCIENTOS OCHENTA Y CINCO 40/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 3.392.485.40) se destinarán a gastos de Administración y compra de materiales en Bolivia, CINCO MILLONES, NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL, SETECIENTOS SEIS 50/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 5.985.706.50) para la importación de materiales y equipos procedentes de la República Argentina y SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL, CUARENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 672.044.00) para la importación del Sistema Telefónico Central procedente de Suecia.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia otorgar la Cuarta de Garantía correspondiente para el financiamiento propuesto por el Contratista por la suma de NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y UNO 90/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 9.378.191.90) bajo tos términos del Convenio de Crédito Recíproco vigente entre el Banco Central de Bolivia y el Banco Central de la República Argentina, por la suma de SEISCIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUARENTA Y CUATRO 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 672.044.00) bajo los términos de financiamiento propuestos por Ericsson Information Systems A.B. de Suecia, contenidos dentro de la propuesta del Contratista.
ARTÍCULO 4.- El Ministro de Transportes y Comunicaciones queda autorizado a contratar mediante Licitación los servicios de Consultoría para el control en la ejecución de las obras.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los cinco días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres anos
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Federico Alvarez Plata, Min. RR.EE. y Culto a.i, Manuel Cardenas Mallo, Roberto Jordán Pando, Min. Finanzas a. i., Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutiérrez, Ramiro Barrenechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara Huarachi, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Benjamín Miguel Harb, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.