17 DE OCTUBRE DE 1983 .- Abrógase el D.S. No. 19769 de 5 de septiembre de 1.983.
DECRETO SUPREMO N° 19837
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que en fecha 7 de julio de 1983 se suscribió convenio entreel Gobierno de Bolivia y el Programa Mundial de Alimentos -FAO-PMA/BOL/ PRO-20/134O EMOP/200, para la ayuda alimentaría de emergencia consistente en aceite vegetal y harina.
Que mediante Decreto Supremo No. 19641 de 4 de julio de 1983 se creó la Oficina Nacional de Asistencia Alimentaría (OFINAAL) como Organismo de carácter descentralizado, único responsable como contraparte nacional de Organismos Internacionales donantes de alimentos, en actual funcionamiento.
Que por disposición del Decreto Supremo No. 19769 de fecha 5 de septiembre de 1983, se designa al Instituto Nacional de Alimentación y Nutrición como contraparte del P.M.A. para la administración y distribución de los alimentos del citado convenio.
Que estando en pleno funcionamiento OFINAAL, debe abrogarse el D. S. No. 19769 a fin de que cada repartición del Estado ejecute sus específicas funciones para las que fue creada.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A:
ARTÍCULO 1.- Abrógase el decreto Supremo No. 19769 de 5 de septiembre de 1.983.
ARTÍCULO 2.- La Oficina Nacional de Asistencia Alimentaria (OFINAAL), erogará la suma de $b. 192.000.000.oo (PESOS BOLIVIANOS CIENTO NOVENTA Y DOS MILLONES 00/100) para cubrir los costos de acuerdo al Convenio.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de octubre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Humberto Mur Gutierréz, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Ramiro Barrenechea, Carlos Carvajal Nava, Simón Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.