04 DE NOVIEMBRE DE 1983 .- Otorgar un bono a todos los trabajadores del país tanto del sector público como privado.
DECRETO SUPREMO N° 19863
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la COB , presentó un pliego económico de peticiones al Gobierno.
Que, es necesario darle la categoría de instrumento legal correspondiente a los acuerdos entre el Gobierno y la COB, respecto a su pliego de peticiones.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO PRIMERO.- Otórgase un bono de $b. 22,500.- por única vez a todos los trabajadores del país, tanto del sector público como privado, pagaderos en 3 cuotas mensuales de $b. 7.500.-
ARTÍCULO SEGUNDO.- El bono mencionado debe hacerse efectivo en los meses de noviembre, diciembre, del presente año y enero del próximo año.
ARTÍCULO TERCERO.- El bono dispuesto por el presente Decreto Supremo, queda exento de descuentos de cualquier naturaleza.
ARTÍCULO CUARTO.- Quedan excluidos de los alcances del presente Decreto Supremo, todos aquellos trabajadores que perciben un sueldo o salario mensual mayor a $b. 75,000.
Los señores Ministros de Estado en sus respectivos Despachos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvares Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Roberto Jordán Pando, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutierrez, Ramiro Barrehechea, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simon Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb, Urbanismo y Vivienda a.i. Mario Rueda Peña, Oscar Villa Urioste.