17 DE NOVIEMBRE DE 1983 .- El Instituto Nacional de Estadística e instituciones componentes del Sistema Nacional de Información Estadística incorporarán en sus índices y métodos de cálculo la producción y productividad, para diferentes usos y propósitos, dentro de la política económica antiinflacionaria en actual vigencia.
DECRETO SUPREMO N° 19905
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que es necesario preservar y recuperar gradualmente el poder adquisitivo de los salarios, evitando que sus incrementos sean meramente inflacionarios;
Que el factor producción y productividad, ha sido incorporado en las negociaciones salariales de sectores productivos como la Corporación Minera de Bolivia (COMIBOL) y la Empresa Nacional de Fundiciones (ENAF), para precautelar el poder adquisitivo de los salarios;
Que es necesario generalizar el principio de la mayor producción mayor salario.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- El Instituto Nacional de Estadística e instituciones componentes del Sistema Nacional de Información Estadística incorporarán en sus índices y métodos de cálculo la producción y productividad, para diferentes usos y propósitos, dentro de la política económica antiinflacionaria en actual vigencia.
ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Trabajo, el Instituto Nacional de Estadística (INE) y el Sistema Nacional de Información Estadística (SNIE), en consulta con los agentes económicos determinarán los métodos para calcular los índices u otros indicadores, que relacionen los salarios con la producción y productividad.
ARTÍCULO 3.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente decreto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Trabajo y Desarrollo Laboral, de Finanzas y de Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz a los diez y siete días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Roberto Jordán Pando, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutiérrez, Horst Greve López, Javier Torres Goiti, Carlos Carvajal Nava, Simón Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Benjamín Miguel Harb, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.