28 DE DICIEMBRE DE 1983 .- Se autoriza al Banco Central de Bolivia, conceder a la COMIB0L un credito Fiscal de $b.-300.000.000.
DECRETO SUPREMO N° 19950
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que por convenio de fecha 7 de septiembre de 1983, suscrito entre el Gabinete Económico y la Federación Nacional de Cooperativas Mineras, se acordó efectuar una reliquidación de sus entregas de minerales entre el 26 de agosto y el 16 de noviembre del año en curso;
Que la Política Financiera adoptada por el Gobierno Constitucional protege y estimula preferentemente la actividad de los sectores productivos y el interés de sus trabajadores;
Que hacer efectiva dicha reliquidación es necesario conceder un crédito a COMIBOL y Banco Minero, compradores de minerales de las cooperativas mineras;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia conceder un crédito fiscal de $b. 300.000.000.- (Trescientos millones de pesos bolivianos) a entregarse a COMIBOL y al Banco Minero de Bolivia.
ARTÍCULO 2.- Este crédito servirá para pagar el 60% del valor de las entregas de minerales hechas por los Cooperativistas Mineros, utilizando los comprobantes extendidos por COMIBOL Y Banco Minero de Bolivia.
ARTÍCULO 3.- El Banco Central de Bolivia establecerá las condiciones del crédito.
ARTÍCULO 4.- El Ministerio de Minería y Metalurgia, deberá instruir la elaboración de las liquidaciones definitivas en un plazo no mayor de 30 días a partir de la promulgación del presente Decreto.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Minería y Metalurgia, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutiérrez, Horst Grebe López, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simón Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.