28 DE DICIEMBRE DE 1983 .- Autorizase a Y.P.F.B. disponer la venta de combustible Jet. a favor del LAB y LAI, a $b.-350•- por galón.
DECRETO SUPREMO N° 19956
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo No. 19902, de 17 de noviembre de 1983, con la finalidad de precautelar la situación económica-financiera de las empresas productivas del Estado, se autorizó a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos proceder a la venta de productos refinados a los precios establecidos en la disposición legal de referencia.
Que de conformidad al D.S. N° 19903, de la misma fecha, de la norma anterior, el Ministerio de Aeronáutica determinó la vigencia de nuevas tarifas para el transporte aéreo interno, las cuales fueron calculadas, por el Lloyd Aéreo Boliviano y Línea Aérea Imperial, teniendo en cuenta el precio del combustible jet fuel a razón de trescientos cincuenta pesos bolivianos por galón, en cumplimiento de las instrucciones cursadas por la indicada autoridad aeronáutica y concordancia con lo propuesto por el Ministerio de Energía e Hidrocarburos, a objeto de garantizar la continuidad de los servicios con precios accesibles a los usuarios.
Qua las empresas de referencia requieren de un tratamiento especial, en vista de que la actividad a su cargo se encuentra directamente relacionada con la vinculación por vía aérea entre los diferentes puntos del territorio nacional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos disponer la venta de combustible jet fuel en favor del Lloyd Aéreo Bolivianos y Línea Aérea Imperial, al precio de Trescientos Cincuenta Pesos Bolivianos (350 $b.) por galón.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Aeronáutica y de Energía e Hidrocarburos, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Humberto Mur Gutiérrez, Horst Grebe López, Javier Torrez Goitia, Carlos Carvajal Nava, Simón Yampara, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Oscar Villa Urioste, Benjamín Miguel Harb, Jorge Agreda Valderrama, Mario Rueda Peña.