30 DE DICIEMBRE DE 1983 .- Libérase por esta única vez del pago del alquiler del local a la función del grupo musical Menudo, efectuada el 21 de diciembre de 1983
DECRETO SUPREMO N° 19972
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que la junta de Solidaridad y Desarrollo Social de la Presidencia de la República ha solicitado una cooperación especial traducida en un tratamiento fiscal benevolente a la función del grupo musical Menudo realizada en el Estadio Hernando Siles de la Ciudad de La Paz, el 21 de diciembre de 1983, en mérito a la sesión voluntaria de un porcentaje de sus ingresos brutos a favor de la entidad solicitante, para sus fines solidarios y sociales.
Que el Gobierno Constitucional incentiva en general actividades culturales y artísticas, con tanta mayor razón si estas generasen recursos en calidad de contribuciones al patrimonio de instituciones con fines de utilidad social como la Junta impetrante.
Que la liberación concedida a la junta solicitante, mediante la resolución suprema 198644 de 15 de diciembre de 1983, no tiene la fuerza legal suficiente, porque el cánon de alquiler de los locales deportivos estatales, incluido el mencionado estadio, ha sido establecido y normado por Decreto Supremo 19723 de 9 de Agosto de 1983, siendo necesaria una disposición legal de igual rango para cualquier exoneración del pago de tal cánon.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Libérase por esta única vez del pago de alquiler de local a la función del grupo musical Menudo efectuada el 21 de diciembre de 1983 en el estadio Hernando Siles de la ciudad de La Paz, dependiente de la Secretaría General de Deporte y Juventudes, cuyo rendimiento en el equivalente al 20 por ciento del valor bruto de ingresos recaudados ha sido cedido en favor de la Junta de Solidaridad y desarrollo social de la Presidencia de la República como contribución a su presupuesto de prestaciones en favor de los niños de asilos y hogares bajo su dependencia.
ARTÍCULO 2.- Queda abrogada la resolución suprema 198644 de 15 de diciembre de 1983.
El señor Ministro de Estado en el despacho de la Secretaría General de la Presidencia de la República, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y tres años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata Manuel Cárdenas Mallo, Roberto Jordán Pando, Fernando Baptista Gumucio, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martínez, Horst Grebe López, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Jorge Medina Pinedo, Jaime Ponce García, Benjamín Miguel Harb, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Oscar Villa Urioste.