31 DE ENERO DE 1984 .- Se aprueba con cargo al Tesoro General de la Nación un presupuesto adicional de urgencia por la suma de $b. 1.624.270.- con destino a completar gastos de pasajes y viáticos para comisión de estudios de la Federación Sindical de trabajadoras de Míneria en Bolivia.
DECRETO SUPREMO Nº 20017
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que el Gabinete Económico, en reunión conjunta con la Federación Sindical de Trabajadores Mineros de Bolivia (F.S.T.M.B.), ha acordado la conformación de una comisión para estudio de la actualización del Salario mínimo vital con escala móvil del sector minero, con participación de la mencionada Federación, e1 Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral a través del Consejo Nacional del Salario (CONALSA), Instituto Nacional de Estadística y del Ministerio de Minería y Metalurgia.
Que el Decreto Supremo 19876 de 14 de noviembre de 1983 autorizó un presupuesto para funcionamiento de la mencionada comisión de estudio inferior al requerido y aprobado en Gabinete Económico.
Que la postergada promulgación del citado Decreto originó que los trabajadores de base, declarados en comisión para el estudio de referencia, permanecerán en la ciudad de La Paz, mas tiempo del previsto, razón que invocan para solicitar se les pague viáticos adicionales que correspondan.
Que el Consejo Nacional del Salario (CONALSA) ha efectuado gastos con cargo a pasajes, viáticos y otras partidas no contempladas en el presupuesto aprobado por el Decreto Supremo No. 19876, siendo necesario aprobar un presupuesto adicional.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba al Tesoro General de la Nación un presupuesto adicional de urgencia, por la suma de $b. 1.624.270.-, con destino a completar los gastos de pasajes y viáticos de la comisión de estudios, suma a apropiarse en las siguientes partidas:
100SERVICIOS PERSONALES $b. 437.000.--
200SERVICIOS NO PERSONALES $b. 685.770.--
300MATERIALES Y SUMINISTROS $b. 501.500.--
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TOTAL $b. 1.624.270.--
Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Finanzas y de Trabajo y Desarrollo Laboral, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treintiún días del mes de enero de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortiz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cardenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martínez, Javier Torres Goitia, Min. Urbanismo y Vivienda a.i., Horst Grebe López, Carlos Miranda Pacheco, Min. Minería a.i., Jorge Medina Pinedo, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.