17 DE FEBRERO DE 1984 .- Apruebase el reglamento de la licitación pública internacional del proyecto Integral Bolivar.
DECRETO SUPREMO N° 20047
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que el decreto supremo No. 19238 de 28 de octubre de 1982 señala la necesidad de encarar orgánicamente y con carácter de urgencia la crisis general que confronta al sector minero nacionalizado.
Que el Proyecto Integral Bolivar ha sido aprobado debidamente por el Directorio de la Corporación Minera de Bolivia y el Comité Nacional de Proyectos.
Que es necesario proporcionar a la Corporación Minera de Bolivia, el instrumento legal que posibilite la ejecución del mencionado proyecto.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase el reglamento para licitación pública internacional del Proyecto Integral Bolivar, en sus setenta artículos y ocho capítulos, cuya texto forma parte del presente decreto supremo
ARTÍCULO 2.- Se autoriza a la Corporación Minera de Bolivia emitir y procesar la respectiva licitación pública internacional con financiamiento total para la ejecución del Proyecto Integral Bolivar, con sujeción al reglamento aprobado.
Los señores Ministros de Estado, en los despachos de Minería y Metalurgia, Finanzas y Planeamiento y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Roberto Jordán Pando, Oscar Bonifaz Gutierrez, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Horst Grebe López, Carlos Carvajal Nava, Jorge Medina Pinedo, Carlos Miranda Pacheco, Fernando Guardia Butrón, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Benjamín Miguel Harb.