27 DE MARZO DE 1984 .- El aporte local para el proyecto Agua Potable y Alcantarillado de Tarlja estará a cargo de CODETAR.
DECRETO SUPREMO N° 20102
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, mediante Decreto Supremo No 19942 de 14 de diciembre de 1983, el Supremo Gobierno autorizó al señor Mariano Baptista Gumucio, Embajador de la República de Bolivia ante el Gobierno de los Estados Unidos de Norteamérica, la suscripción de los Contratos de Préstamo con el Banco Interamericano esarrollo (BID) destinados al financiamiento del proyecto de agua potable y alcantarillado de Tarija y de Asistencia Técnica.
Que, el mencionado Decreto Supremo asimismo autoriza la suscripción del Convenio de Cooperación Técnica con el BID para el fortalecimiento institucional del Sector Público.
Que, es necesario ampliar dicha disposición legal en lo que se refiere a condiciones y términos de los contratos.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- El aporte Local por el equivalente en pesos bolivianos de $us 1.400.000 (Un millón cuatrocientos mil dólares americanos) para el Proyecto Agua Potable y Alcantarillado de Tarija; así como el equivalente en pesos bolivianos de $us. 20.000.--(Veinte mil dólares americanos) contrapartida de la Asistencia Técnica, estarán a cargo de la Corporación de Desarrollo de Tarija con cargo a sus recursos propios.
ARTÍCULO 2.- El servicio de la deuda referido al Proyecto Agua Potable y Alcantarillado de Tarija estará a cargo de la Corporación de Desarrollo de Tarija con recursos provenientes de la percepción de regalías.
ARTÍCULO 3.- Se autoriza al señor Ministro de Finanzas transferir a la Corporación de Desarrollo de Tarija, como ente ejecutor del proyecto, el monto total del préstamo en los mismos términos y condiciones iniciales.
ARTÍCULO 4.- Autorizar al Ministerio de Finanzas la provisión de recursos destinados al aporte local en el equivalente en pesos bolivianos de $us 580.000 (Quinientos Ochenta mil dólares americanos) para el Programa Fortalecimiento Institucional del Sector Público.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, Planeamiento y Coordinación y Urbanismo y Vivienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad La Paz, a los veintisiete días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, José Ortíz Mercado, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Fernando Baptista Gumucio, Horst Grebe López, Min. Plan. y Coord. a.i., Freddy Justiniano Flores, Alcides Alvarado Daza, Hernando Poppe Martinez, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Jorge Medina Pinedo, Carlos Miranda Pacheco, Fernando Guardia Butrón, Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama, Mario Rueda Peña, Min. Secretario Gral. de la Pres. de la Rep. a.i.