11 DE ABRIL DE 1984 .- Apruébanse las adjudicaciones de la F.A.B., para la provisión de equipo y vestuario.
DECRETO SUPREMO N° 20159
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, el Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, con la finalidad de atender las necesidades Logísticas de Clase II equipo y Vestuario de la presente gestión de 1984, con destino el personal de los Señores Generales, Jefes, Oficiales, Sub-oficiales, Sargentos, Caballeros Cadetes, Alumnos y Tropa ha lícitado la provisión de 223 Items de la Clase II Equipo y vestuario consistente en tejidos, útiles de aseo y uso doméstico, artículos de cuero, prendas de vestir, prendas de equipo materiales de confección, emblemas y otros de la Clase II referida.
Que, la honorable Junta de Licitaciones del Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, luego de cumplido los requisitos de orden legal contenidos en la Ley de Adquisiciones del Sector Público y el Reglamento Interno de Adquisiciones de las Fuerzas Armadas de la Nación aprobado mediante Resolución Suprema 190840 de fecha 5 de julio de 1979, en su reunión de 27 de Diciembre de 1983 ha resuelto Declarar desierta la Licitación 1/84 por no haberse presentado las ofertas requeridas por ley, determinando se proceda al Concurso por Invitación dentro del cual y previos los trámites legales, en su reunión de 3 de febrero del año en curso ha adjudicado la provisión de los diferentes Items de Equipo Vestuario de la Clase II de Industria Nacional y Extranjera en favor de las firmas y fabricas que presentaron sus respectivas ofertas en condiciones favorables a los intereses del Estado.
Que, no obstante los procedimientos de Licitación e Invitación algunos Items de la Convocatoria no fuerón adjudicados debido a que las ofertas no guardan relación con el pliego de especificaciones en unos casos y en otros por no haber sido ofertados, habiéndoselos declarado desiertos.
Que, en consecuencia corresponde aprobar las adjudicaciones efectuadas por la Honorable Junta de Licitaciones de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 5o inc. c) y 25 del Reglamento Interno de Adquisiciones de las Fuerzas Armadas de la Nación y autorizar al Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, la adquisición directa de los Items que no fueron adjudicados.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Apruébase las adjudicaciones efectuadas por la Honorable Junta de Licitaciones del Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana en su reunión de 3 de Febrero del año en curso para la provisión de equipo y vestuario de la Clase II conforme al siguiente detalle: (Listado Separado)
ARTÍCULO 2.- Autorízase al Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, la adquisición directa de los Items no ofertados y declarados desiertos en los procedimientos de licitación e invitación de acuerdo al siguiente detalle: (Listado Separado)
ARTÍCULO 3.- Autorízase al Banco Central de Bolivia, la apertura de 2 cartas de Crédito irrevocables, transferibles, confirmadas y pagaderas a la vista contra entrega de documentos de embarque y demás provisiones legales en favor de las firmas LATINOAMEICANA DE IMPORTACIONES, EXPORTACIONES Y REPRESENTACIONES S.R.L.- BOLIVIA (LIER BOLIVIA LTDA), Y SUDAMERICANA DE REPRESENTACIONES Y COMPAÑIA “SUNARCO” LTDA POR LOS MONTOS DE PESOS BOLIVIANOS SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL 00/100 ( $b. 746.445.000.oo) equivalente a $us. 366.083.86 al cambió de $b. 2.039 por dólar americano y PESOS BOLIVIANOS UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS 00/100 ($b. 1.748,594.400.oo) equivalente a $us. 857.574.50 al cambio de $b. 2.039.oo por dólar americano respectivamente.
ARTÍCULO 4.- El Comando General de la Fuerza Aérea Boliviana, queda autorizado para suscribir los respectivos contratos, con intervención del Ministro de Aeronáutica, Contralor General de la República y Fiscal de Gobierno.
ARTÍCULO 5.- Las adquisiciones anteriores se efectuarán con cargo a recursos asignados en el presupuesto de la Fuerza Aérea Boliviana, para la presente gestión 1984, GRUPO: 300 MATERIALES Y SUMINISTROS, Sub-Grupo: 320 Para Usos Varios, Partida: 322 Equipo y vestuario.
Los señores Ministros en los Despachos de Finanzas y Aeronáutica, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de abril de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Flavio Machicado Saravia, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Horst Grebe López, Javier Torres Goitia, Carlos Carvajal Nava, Luis Justiniano Flores, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama Fernandez, Miguel Urioste Fernandez.