05 DE JUNIO DE 1984 .- Autorizase a Min. Educación, adquirir de la firma Jurgen D. Funk, materiales e insumos con destino a su imprenta.
DECRETO SUPREMO N° 20270
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O:
Que mediante D.S. No. 10373 de 14 de julio de 1982 se autoriza a la CAJA COMPLEMENTARIA DE SEGURIDAD SOCIAL DEL MAGISTERIO FISCAL, la impresión de libreta escolares, para su venta a los establecimientos educativos, cuyos recursos constituyen respaldo económico para las rentas de vejez de los maestros jubilados.
Que la R.S. No. 198961 de 15 de marzo de 1984, autoriza a la Caja Complementaria de Seguridad Social del Magisterio Fiscal, contratar en forma directa los servicios de la Imprenta de propiedad del Ministerio de Educación y Cultura, para la impresión de 1.200.000 unidades de libretas escolares, habiéndose suscrito para este fin un contrato en 21 de marzo de 1984, entre el Ministerio de Educación y Cultura y la mencionada Caja, estipulandose la entrega del total de las libretas en el término de 60 días computables a partir de la fecha de pago del anticipo correspondiente.
Que dado el tiempo transcurrido y el tiempo fijado para la entrega, además de la espiral inflacionaria que impide la vigencia de precios fijos por el plazo de 60 días que establece la ley para adjudicaciones, así como el desabastecimiento general en este rubro, corresponde autorizar al Ministerio de Educación y Cultura la adquisición de materiales e insumos por invitación directa a la firma Importadora y Exportadora Jurgen D. Funck, por un total de $us. 33.362.92 mediante la Papelera S.A., puesto en almacenes del Ministerio en La Paz, por ser la cotización más conveniente a sus intereses.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO PRIMERO.- Aurorízase al Ministerio de Educación y Cultura, por esta única vez, adquirir por invitación directa de la firma Importadora y Exportadora Jurgen D. Funck, República Federal de Alemania, a través de la Papelera S.A. materiales e insumos con destino a su imprenta, por el monto de $us. 33.362.92.- - CIF - La Paz, puestos almacenes del Ministerio.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Se autoriza al Banco Central de Bolivia, otorgar un acreditivo por $us. 33.362.92, para la mencionada adquisición.
Los señores Ministros de Estado en los despachos de Finanzas y de Educación y Cultura, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente decreto supremo.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de junio de mil novecientos ochenta y cuatro años.
FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Gustavo Fernandez Saavedra, Federico Alvarez Plata, Manuel Cárdenas Mallo, Flavio Machicado Saravia, Ernesto Aranibar Quiroga, Freddy Justiniano Flores, Alfonso Camacho Peña, Hernando Poppe Martinez, Min. Trabajo y Desarrollo Laboral a.i., Carlos Carvajal Nava, Quintin Mendoza H., Luis Saucedo Justiniano, Guillermo Capobianco Rivera, Antonio Arnez Camacho, Mario Rueda Peña, Jorge Agreda Valderrama, Miguel Urioste F. de C.